LA PATRIA | MANIZALES
A un hombre no solo lo sentenciaron a 32 meses de prisión y multa de 20 salarios mínimos por inasistencia alimentaria, sino que le ordenaron pagar cerca de $12 millones 700 mil por lo que dejó de aportar en sus obligaciones como padre de familia.
El Juzgado Tercero Promiscuo Municipal de Chinchiná ordenó, el pasado 7 de junio, que el condenado debía cancelar esa suma, más intereses moratorios del 6% anual, a favor de su hijo de 10 años.
La denuncia por el incumplimiento se hizo el 14 de mayo del 2014, porque el papá solo aportaba $20 mil cada que quería, por lo que una tía materna del menor era quien le daba todo lo necesario, dado que la madre tiene cáncer y no puede trabajar.
Ante la situación, el Juzgado Promiscuo Municipal de Palestina, en el 2008, fijó una cuota alimentaria del 31% del salario mínimo legal vigente ($143 mil), pero que el padre no cumplió. Luego de la sentencia penal se estableció un pago total después del incidente de reparación integral, correspondientes a las cuotas desde marzo del 2009 a abril del 2015.
La defensa del sentenciado apeló ante el Tribunal Superior de Manizales (TSM) e indicó que el padre no tiene recursos suficientes para pagar ese dinero, pues solo gana el mínimo. La familia afectada solicitó que se le revocara la libertad a la que tuvo derecho por el bajo monto de la pena, pues incumplió las obligaciones.
El TSM consideró que el defensor del condenado no sustentó de manera debida su apelación y no alcanza a controvertir la sentencia. Por tal motivo lo declaró desierto y devolvió el fallo al Juzgado. Se declaró no competente para decidir si le debe revocar la libertad.
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