LA PATRIA | MANIZALES
Por vencimiento de términos, un juzgado de Control de Garantías de Manizales ordenó ayer la libertad inmediata del alcalde electo de Aguadas, Óscar Yhonny Zapata Ortiz.
César, hermano del mandatario, informó que salió de la cárcel La Blanca a eso de las 6:30 de la tarde y que partió hacia el municipio, donde lo esperaban anoche. "No quería recibimientos", anotó.
Añadió que creen que podría volver al cargo en reemplazo de Islen Pineda, quien está encargado desde la detención del mandatario, el 9 de abril del año pasado.
El gobernador, Guido Echeverri, manifestó hoy que esperan que les notifiquen, pero tiene claro que hay que reintegrarlo.
Un abogado le explicó a LA PATRIA que Zapata Ortiz tiene todo el derecho de retornar a su cargo, pues goza aún de la presunción de inocencia y nunca renunció al cargo. "Hay alcaldes que enfrentan procesos penales, en libertad, y siguen en su puesto. Él fue elegido por los aguadeños", indicó.
Zapata Ortiz fue enviado a la cárcel por un juez de su municipio, luego de que la Fiscalía apeló de la decisión que en primera instancia lo dejaba en libertad.
El alcalde, administrador público de 41 años, estuvo 829 días en el cargo, hasta que lo encarcelaron. Luego permaneció 337 días detenido. Afronta un proceso por un contrato de $11 millones para la celebración del Día de la Familia de los empleados de la Administración.
Le imputaron cargos por contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación en beneficio de terceros y falsedad ideológica en documento público. El mandatario tiene otro proceso por fraude procesal y falsedad en documento privado. La Fiscalía lo sindica de incurrir en doble militancia política e inducir a error al Tribunal Administrativo de Caldas. Se fue a juicio.
Jorge Eliécer Osorio Ramírez, juez Penal del Circuito de Riosucio, explicó que las causales de libertad provisional están consagradas en el Artículo 317 del Código de Procedimiento Penal y entre las más comunes está el vencimiento de términos.
Anotó que a los jueces se les dan unos tiempos para adelantar el proceso. Por ejemplo, desde que se radica el escrito de acusación cuenta con 120 días para que den inicio al juicio oral. Luego de eso, 150 días para la lectura de sentencia.
Igual, cuando el fiscal formula imputación y pasan 60 días sin que radique el escrito de acusación, se da libertad provisional. Hay excepciones, como cuando dentro del proceso se demuestra que la defensa dilata a través de apelaciones injustificadas o peticiones de aplazamiento. Todo eso se descuenta.
Según la Fiscalía Caldas, en este caso se dio por los juzgados.
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