LA PATRIA | MANIZALES
Para Lina María Saldarriaga, directora de Contenidos e Investigación de Red PaPaz, lo más importante es mirar hacia adelante y poner al menor de edad en el centro de todo. "Lo que sigue es darle apoyo, soporte y ayudarlo a construir ese vínculo afectivo".
Ella se refirió ayer a un caso ocurrido en Manizales, en el que el Juzgado Segundo de Familia de Oralidad del Circuito de Manizales le ordenó al ICBF Caldas devolver a su hogar biológico a un menor, de cinco años. Desde los tres meses de nacido permanecía bajo el cuidado del Instituto y estaba a punto de ser entregado en adopción.
"El Juzgado tuvo en cuenta la conformación de un hogar estable, el mejoramiento de condicionales laborales y económicas, que le permiten al menor estar rodeado de amor y compromiso familiar, lo que lleva a que sus derechos fundamentales no sigan siendo vulnerados. La juez consideró que la medida de protección que adoptó la Defensora no lucía proporcionada para lograr el restablecimiento de las garantías vulneradas. Se pondrá en conocimiento de las autoridades las posibles irregularidades cometidas en este caso", explicó Jennifer Cotacio Monsalve, de la firma Ríos & Abogados, que llevó el caso del padre de familia beneficiado.
El 30 de julio del 2013, la Policía de Infancia y Adolescencia dejó al niño a disposición del ICBF porque no tenía registro civil, carné de vacunas, crecimiento y desarrollo, y por dificultades familiares con su madre.
El 13 de agosto de ese año se dictó medida provisional de restablecimiento de derechos del menor con ubicación en hogar sustituto y se fijó cuota alimentaria a cargo de la progenitora. En septiembre, la Defensora de Familia aceptó que a un hombre, apoyado por la mamá del menor, se le reconociera como el papá biológico del niño, pese a que nunca se lo dejó ver.
Sin embargo, en noviembre, se declaró en situación de vulneración de derechos al menor, se ordenó reubicarlo en hogar sustituto y adelantar una valoración socio-familiar a sus progenitores.
En julio del 2015, un tío paterno del niño, con su esposa, pidió hacerse cargo del menor. Se aceptó la solicitud, lo reintegró a este medio familiar extenso, fijó cuota alimentaria para el progenitor y reguló visitas.
Hubo problemas entre las partes, por lo que nuevamente, en agosto del 2016, el ICBF lo reubicó en hogar sustituto. Finalmente, en abril pasado, la Defensora de Familia declaró en situación de adoptabilidad al menor de edad, inició los trámites y ordenó como medida definitiva los trámites de adopción.
El padre biológico, al enterarse de eso, se opuso de manera verbal, lo que se tomó como un recurso de reposición, que la Defensora negó y remitió a los juzgados de familia.
En su decisión, el juez estableció que no avalaba la adopción porque "no se tuvo en cuenta el interés superior del niño, pues no se verificaron las condiciones actuales del padre y de la familia extensa. El progenitor nunca lo ha desamparado y ha estado dispuesto a asumir su rol. Además, un tío paterno ha mostrado interés en apoyarlo".
Añadió que estas decisiones implican desprenderlo de su núcleo familiar, desarraigarlo de sus costumbres, que deben atender a razones debidamente acreditadas. "A su progenitor y consanguíneos solo se les garantizó el derecho a un debido proceso formal, más no material. Escucharon sus condiciones económicas, pero no las investigaron a profundidad. El menor tiene derecho a tener una familia, no a ser separado de ella", anotó el Juzgado.
La decisión resaltó que pese a que la madre biológica descuidó a su hijo, pues se desentendió de todo el proceso, el padre nunca desfalleció en la intención de recuperarlo. "Tiene un hogar debidamente constituido con su nueva compañera desde hace dos años, lo cual no verificó el ICBF. Descartó sus actuales circunstancias económicas, sociales y familiares".
El padre le aportó al juzgado las fotos del cuarto que le tiene preparado al menor, para su anhelado regreso al hogar, que el juez ordenó sea inmediato y con un seguimiento durante un año.
Lina María Saldarriaga, directora de Contenidos e Investigación de Red PaPaz, les recomendó lo siguiente a los padres del menor.
La madre del menor tiene siete hijos y solo convive con dos, registra antecedentes de mendicidad, usaba a sus hijos para adquirir ingresos económicos, es consumidora de droga y está condenada por porte ilegal de estupefacientes, según el fallo. Su familia ha tenido antecedentes de maltrato. Además, no le permitía al padre ver al niño.
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