LA PATRIA | MANIZALES
Un aparente error de la policía judicial, que no corrigió la Fiscalía, está a punto de determinar el desenlace a favor de los acusados por contratación indebida en el sonado caso del Transporte Integrado de Manizales (TIM).
Ayer un juez de Manizales le dio la razón a la defensa, que en las audiencias preparatorias pidió excluir pruebas documentales obtenidas en el transcurso de la investigación.
La Fiscalía apeló la decisión, que deberá revisar el Tribunal Superior de Manizales. El representante del Ministerio Público argumentó también a favor de los defensores.
Los acusados en este proceso son José Alfonso Jaramillo, exgerente del TIM; Martha Alicia Silva Hidalgo, interventora; María Liliana López Palacio, asesora jurídica, y John Alexánder Quintero Prado, representante legal de Susuerte.
Se recuerda que la investigación surgió a raíz de un informe de la Contraloría de Manizales del 2010, tras una auditoría al contrato que suscribieron TIM y Susuerte para la venta de las tarjetas inteligentes.
En el documento se señaló que el contrato sufrió modificaciones que cambiaron el valor de la base de liquidación inicial de $43 mil millones a $500 millones. El ente fiscal aseguró que por esta razón bajó el pago de impuestos de mil 17 millones de pesos a $11 millones.
Exclusión de pruebas
Durante las sesiones la defensa se fijó en la forma cómo el acusador obtuvo las pruebas documentales y pidió excluirlas.
Coinciden en que al obtener esos documentos la policía judicial realizó un registro. En este caso eran oficinas públicas en donde estaba la información de pliegos, pagos tributarios y oficios intercambiados entre el TIM y Susuerte.
Agregan que tras entrevistar a Liliana López y pedir unos documentos, con los que posteriormente la vincularon al proceso, la Fiscalía debió legalizar esa actuación ante un juez de garantías y no lo hizo.
El juez le dio la razón a la defensa, pero la Fiscalía apeló. Sustentó su apelación en que la información obtenida fue una solicitud y no un allanamiento o registro. La siguiente instancia que debe valorar las argumentaciones es el Tribunal Superior.
Sin soportes
La jugada de los defensores dejaría a la Fiscalía sin pruebas suficientes para llevar al juicio. Al respecto, el abogado defensor, José Fernando Ortega, reiteró que el material probatorio excluido fue obtenido de forma inconstitucional.
"Son unas actas que la Fiscalía dio en llamar 'inspecciones al lugar del hecho'. La defensa sostiene que fueron registros, en los que además se vulneraron derechos a guardar silencio y a la no autoincriminación, de personas que atendieron esas diligencias y que después resultaron indiciadas e imputadas", enfatizó.
¿Qué le queda?
La prueba documental en el proceso judicial que adelanta la Fiscalía por el caso del TIM es considerada la más importante, ya que lo que se cuestiona es el procedimiento contractual.
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