LA PATRIA | MANIZALES
John Faber Padilla Olarte purgará una pena de 6 años y 2 meses de prisión por falsedad en documento privado y fraude procesal. Su inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas será por un período de 5 años y la multa de 200 s.m.l.m.v. para el 2010.
Así lo decidió el Tribunal Superior de Manizales en segunda instancia, al resolver la apelación que interpuso la defensa del señalado. Se trata de una disputa entre dos dragoneantes del Inpec de la cárcel de La Dorada.
Sobre el caso, la Fiscalía narró que el 30 de noviembre de 2010 Carlos Javier Castro instauró una denuncia en contra de Padilla Olarte porque falsificó su firma para constituir un título valor (letra de cambio) por $5 millones, con fecha del 12 de septiembre de 2009 y formuló demanda ejecutiva singular de mínima cuantía contra Castro, para obtener mandamiento de pago, por cuanto no canceló la
deuda el día acordado, es decir, el 16 de marzo de 2010.
Esa demanda le correspondió al Juzgado 5 Civil Municipal de La Dorada, quien el 24 de agosto de 2010 decretó el embargo y retención preventiva de la quinta parte del excedente del salario mínimo legal mensual vigente que devengaba Castro. Así mismo dispuso el registro de medida cautelar ante el pagador del Inpec.
El juzgado, en procura de dar claridad a tal situación, dispuso la práctica de dictamen pericial con grafólogo al título, con el objeto de determinar la autenticidad del mismo respecto a la rúbrica estampada por el deudor.
Se determinó, a través del informe de investigador de laboratorio del 19 de abril de 2011, que los grafismos de Castro presentan heteroprocedencia, es decir de otra persona con la autografía plasmada sobre la letra de cambio por valor de $5 millones. Se concluyó que el título valor soporte de la obligación y de la demanda ejecutiva no fue suscrito por Carlos Javier.
Por eso, el Juzgado 5 Promiscuo Municipal, el 19 de octubre de 2011, declaró probada la excepción de falsedad dentro del proceso ejecutivo singular promovido por John Faber. Así las cosas, a este último se le formuló imputación por falsedad en documento privado y fraude procesal. No aceptó y quedó libre.
En diciembre pasado lo sentenciaron y le dieron domiciliaria.
El condenado promovió un proceso ejecutivo singular de mínima cuantía, aportó una letra de cambio, libró mandamiento de pago y ordenó el embargo de un salario, por una deuda que no existió, realizando un cobro que no correspondía a la realidad, por lo que se falsificó el título valor, con el que se engañó al Juez Civil.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015