María Isbelia Patiño Cañas, extesorera de la Alcaldía de Marulanda.
A María Isbelia Patiño Cañas, extesorera de la Alcaldía de Marulanda, la condenó el Tribunal Superior de Caldas a ocho años de prisión por rebelión. El fallo es de segunda instancia.
Sin embargo, la defensa interpuso recurso de casación, por lo que el fallo será revisado ahora por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
A Patiño Cañas la absolvió un juez especializado de primera instancia por rebelión y homicidio agravado, en el 2010. Luego la Sala Penal del Tribunal Superior revocó en mayo la absolución por rebelión y le impuso la mencionada condena.
En el caso del homicidio estuvo vinculada por el asesinato del exalcalde de Marulanda, Rigoberto Castaño Tovar, ocurrido el 14 de octubre de 2006, en la vía Marulanda-San Félix. El Tribunal ratificó la absolución.
La extesorera se entregó a funcionarios de la Sijín y del Inpec el pasado el lunes. Está recluida en la cárcel de mujeres de Manizales. Su defensa espera que la Corte revoque la decisión del Tribunal y la absuelva.
Isbelia Patiño Cañas estuvo en detención preventiva domiciliaria entre el 2009 y el 2010. Llevaba 2 años en libertad y ahora vuelve a prisión, a la espera de la revisión de su caso.
La Fiscalía argumenta, a partir del material probatorio y declaraciones exhibidos, que Patiño Cañas le colaboraba al frente 47 de las Farc con información y con dinero. Agrega que también los mantenía al tanto de los movimientos de la fuerza pública.
La defensa, a cargo del abogado César Augusto López, dijo en el 2010 que su cliente fue incriminada por desmovilizados que purgan largas condenas, "a cambio de obtener alguna rebaja”.
Explicó que los exguerrilleros quieren hacer ver una extorsión como una contribución voluntaria. “Los actores armados ilegales se dedican a vacunar a la gente. A la familia de mi cliente, incluso, le expidieron un recibo en el que especificaban que era por concepto del impuesto que le debía a las Farc. Además, en el proceso no hubo un solo testigo que señalara directamente a mi cliente”.
El recurso interpuesto por el defensor le permite a la procesa mantener la presunción de inocencia.
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