LA PATRIA | MANIZALES
16 meses de condena, el mismo tiempo inhabilitado para ejercer cargos públicos y una multa de $8 millones 589 mil. Eso tendrá que pagar Rubén Darío Orozco Gómez, contratista de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano (ERUM), por injuria por vías de hecho.
El Tribunal Superior de Manizales ratificó ayer una sentencia por hechos que tuvieron lugar el 24 de febrero del 2015. Queda libre, pero con unos compromisos.
La víctima, un abogado, caminaba por la carrera 23 con calle 23, en el Centro de Manizales, cuando Orozco descendió de un taxi, lo agredió a puño, le escupió y lo tildó de pícaro y ladrón. Personas que transitaban por allí los separaron.
En octubre de ese mismo año le imputaron cargos, pero no aceptó. En abril del 2016 se efectuó la formulación de acusación, le siguió la preparatoria en julio del 2017, luego el juicio oral en febrero de este año, durante el que la defensa solicitó la preclusión, pero se la negaron.
Finalmente, el 15 de junio se emitió sentido de fallo condenatorio y la sentencia se dio el 3 de julio. El abogado de Orozco apeló y el caso pasó al Tribunal. La causa de la discusión sería un dinero que el condenado le exigió a su víctima por un proceso que adelantó a favor de un conocido suyo.
La impugnación
La defensa señaló que no existía una prueba que demostrara la existencia del hecho, puesto que solo declaró un testigo que sostuvo estar en el lugar de la agresión, pero la misma víctima dijo que llegó un rato después.
Sumado a esto, se aportó una fotografía que no la tomó un fotógrafo forense y no advertía el escupitajo. Además, alegó que ocurrió hace más de tres años y debería prescribir la acción penal.
Decisión de segunda instancia
El Tribunal respondió que no había lugar para una prescripción, pues se daría 54 meses después, o sea, en agosto del 2019. Sumado a esto, la audiencia de la formulación de imputación interrumpe este término.
La entidad añadió que la víctima narró con solvencia lo que sucedió y se demostró que el testigo presencial estuvo efectivamente en el lugar, pues iba caminando cuando vio la discusión y se descartó todo manto de duda. Incluso, la defensa no aportó contraprueba para cuestionar el señalamiento.
Quejas
La víctima señaló que pruebas importantes que expuso como una foto y un video no se iban a tener en cuenta, pese a que las entregó en la Fiscalía. En respuesta a un derecho de petición le dijeron que ocurrió una irregularidad en la diligencia y que las explicaciones solo se darían a los superiores del ente acusador.
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