Un juez de conocimiento dictó sentido de fallo condenatorio en contra de un capitán de la Policía y absolvió a tres patrulleros por hechos en los cuales perdió un ojo el dirigente sindical de Caldas Juan Carlos Martínez.
El delito que se investigó fue lesiones personales culposas. El caso ocurrió en Manizales el 8 de junio del 2007 durante una movilización, la cual fue disuelta con gases lacrimógenos lanzados por el ESMAD, en el Parque Olaya Herrera. Martínez recibió un impacto en el ojo izquierdo, que le causó una lesión grave y la pérdida de ese órgano.
El oficial que será sentenciado, aunque el delito es excarcelable, es Libardo Fandiño Soto. Sin embargo, su defensa anunció que apelará el fallo tan pronto lo sustente el juez que presidió el juicio.
En el mismo sentido se expresó Martínez, señalando que para el próximo 7 de marzo, día fijado para la siguiente audiencia, habrá apelaciones de ambas partes.
El juez aclaró en la diligencia que la condena al capitán se da por ser el responsable del escuadrón antidisturbios. Agregó que jamás se estableció de manera plena quién fue el autor del disparo que lesionó al sindicalista, lo que conllevó la absolución a los tres agentes que en esa acción portaban las escopetas de gas lacrimógeno.
Juan Carlos Martínez, la víctima de los hechos, señaló que le queda una sensación agridulce. Destacó que pese a la condena al oficial "uno queda con la sensación de impunidad".
Su manifestación se debe a que la Fiscalía no individualizó, a pesar de que pudo hacerlo, al que hizo el disparo. Así también lo expresó el juez en el sentido del fallo. "Quedo con la amargura de que el autor material, aquel que me persiguió, que hizo el disparo de manera horizontal o paralela al piso y que en últimas fue el que me sacó el ojo, no haya sido sancionado penalmente".
El dirigente agregó: "sin embargo pienso que Manizales marca un hito de transcendencia nacional al lograr que exista un fallo condenatorio por el actuar bárbaro, salvaje, del cual participan los miembros del ESMAD".
Martínez exhibió ayer un pendón en el que se lee "No más ESMAD". Explicó que es una campaña de la CUT Nacional que pide que se desmonte este escuadrón. Amplió su denuncia indicando que ese accionar no solo se da en Colombia sino en otros países.
Rafael Mejía Guevara, abogado de la víctima, señaló que el sentido del fallo sienta un precedente, pero por un tecnicismo jurídico no se pudo condenar a los portadores de las armas, que denominan gaseadores.
"Lo que sí queda claro es que actuaron de forma irregular, es decir que violaron los protocolos que propenden por el respeto a la integridad de la población y por los derechos humanos", afirmó y reiteró que para el país que empieza a reflexionar sobre el papel del ESMAD, la decisión judicial es fundamental.
Recordó que en Colombia son varios los casos en los que terminan lesionados manifestantes que realizan una protesta social, lo cual es un derecho amparado por la constitución.
A la audiencia asistió por Fecode nacional, el segundo vicepresidente y encargado de asuntos de Derechos Humanos, Óver Dorado Cardona. Él expresó que el pronunciamiento del juez del caso prueba que se están violando derechos, con el uso exagerado de fuerza y de esas armas.
En Manizales dos sindicalistas han perdido cada uno el ojo izquierdo en desarrollo de protestas y represiones del ESMAD. El primero fue Juan Carlos Marínez, en junio del 200. El segundo y más reciente fue Óscar Arturo Orozco, presidente de la CUT y de Sintraelecol, ambos capítulos de Caldas, en enero pasado.
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Foto | LA PATRIA
Juan Carlos Martínez (izq) quien perdió el ojo izquierdo, víctima de un disparo del ESMAD, sostiene un pendón de la campaña de la CUT que exige el desmonte de estos escuadrones en el país.
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