LA PATRIA | MANIZALES
"Para nosotros el señor no existe. Esperamos que para él, nosotros tampoco". Así cerró la semana pasada Cielo Soto Aricapa, esposa del concejal de Manizales Orlando Quiceno (Cambio Radical), su intervención ante la inspectora quinta urbana de Policía, Maritza Cifuentes.
Allí se desarrolló una audiencia para buscar la conciliación entre esta pareja y Julián Andrés Osorio, un representante de los taxistas en la ciudad. Las partes se acusaron de amenazas, pero quien denunció fue el conductor de servicio público. Al final no hubo conciliación y cada parte en disputa analizará si demanda por injuria y calumnia.
Tanto la pareja como el taxista se acusaron de cerrarse, con sus vehículos Chevrolet Captiva 2010 y taxi Hyundai I10 2013 (ver infográfico).
A continuación, algunas frases que resumen lo ocurrido en la audiencia.
La inspectora indicó que ese tipo de temas no son para discutir en ese lugar. Que se refirieran únicamente a la denuncia por amenazas.
De nuevo la inspectora intervino para llamar la atención del peligro, no solo de ponerse en riesgo con sus vehículos, sino a los demás conductores y a los peatones. Además, que las diferencias no se resuelven con vías de hecho y que podrían instaurar las respectivas denuncias, aportando pruebas.
Invitó a las partes a comprometerse con no volver a agredirse y si es necesario, acudir a acciones judiciales para resolver los conflictos. Abstenerse de conductas contravencionales que atenten contra las partes.
Esa conducta es sancionada en el Código de Tránsito (Ley 769 de 2002, artículo 131) y se conoce como conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables, que pongan en peligro a las personas o las cosas. Valor: $616 mil.
Según el Código Penal, la injuria y la calumnia se castigan así:
*Artículo 220. Injuria. El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de uno a tres años y multa de 10 a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
*Artículo 221. Calumnia. El que impute falsamente a otro una conducta típica, incurrirá en prisión de uno a cuatro años y multa de 10 a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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