COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
Manuel García y Daniela Velandia interpusieron una demanda contra un artículo de la ley que adopta la estrategia de crear ‘salas amigas de la familia lactante’, en un entorno laboral ya sea en entidades públicas territoriales o empresas privadas.
Para los demandantes, en la normativa “suprimen arbitrariamente el derecho a la igualdad ante la ley de las madres lactantes que laboran en empresas privadas en las que hay 50 o menos empleados, o cuyo capital es inferior a los 1.500 salarios mínimos, pues no tienen una ‘Sala Amiga de la Familia Lactante’.
Según García y Velandia, el mismo derecho que tiene una mujer en una empresa mucho mayor en cuanto empleados y situación económica se refiere, es el que debe tener una mujer que trabaja en una empresa pyme.
“Se trata de un derecho predicable para todas las mujeres lactantes sin ningún tipo de discriminación, dado que no se puede omitir injustificadamente la obligación de garantizar a todas ellas la lactancia en su lugar de trabajo”, dice la demanda.
Para la pareja, tal situación asiste también una vulneración en los derechos de los niños. “Comporta la privación de los beneficios al recién nacido de la lactancia materna durante sus primeros meses de vida”.
Los demandantes trajeron a colación que la Organización Mundial de Salud recomienda como estrategia de salud pública, practicar la lactancia materna en un estimado de seis meses encaminada a disminuir la mortandad de niños.
Estos argumentos serán conocidos por el magistrado Antonio José Lizarazo, quien ya tiene sobre su despacho el concepto del procurador Fernando Carrillo, en el que pide que no modifique la normativa, porque está no genera desigualdad entre las mujeres.
El Ministerio Público anunció que tal normativa resulta proporcionada y responde a una acción valida basada en la protección de las pequeñas empresas como fuente de trabajo, así mismo de las mujeres, pues evita escenarios de discriminación como instrumento para eludir el cumplimiento de la ley.
En su concepto, la Procuraduría consideró que la ley está acorde dado que da a las entidades privadas con pocos trabajadores un plazo para que empiecen a construir la denominadas Salas de Lactancia.
“Las entidades privadas con más de 1.000 empleados y las entidades públicas dispondrán de dos años para realizar las adecuaciones necesarias en cumplimiento de lo dispuesto por el Ministerio de Salud, mientras que las empresas privadas con menos de 1000 empleados contarán con cinco años para realizar tales adecuaciones”, dice el concepto.
La Procuraduría consideró que las normas están acordes a lo establecido, sin embargo, quien tiene la última palabra sobre el caso es el magistrado Lizarazo. Se espera que este tema se debata la próxima semana en la Sala Plena de la Corte Constitucional.
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