Vanessa Sánchez
LA PATRIA | Manizales
Pedro Carmona tiene 51 años y hace dos pasó de estar afiliado en Caprecom a Salud Total. Cuando obtuvo su quinto trabajo formal como conductor, su jefe le pidió tener todas las prestaciones sociales al día para vincularse. Un año después terminó su contrato laboral y tanto él como su esposa e hijo temieron quedar sin afiliación en salud.
"Cuando el patrón me dio la liquidación me comentó que podía quedarme en la misma EPS por pertenecer al Sisbén 1, pero pensé que tenía que devolverme al subsidiado. Me daba miedo porque consultaba mucho al dermatólogo, pues padezco psoriasis. Siempre que quedaba sin empleo me tocaba hacer vueltas para volver a Caprecom y allá comenzar el tratamiento desde cero", comenta Carmona.
Una vez Pedro se enteró de esta alternativa, en Salud Total le pidieron diligenciar un formulario en el que demostrara que pertenecía al Sisbén. Una semana después pudo acceder junto con su grupo familiar a los mismos servicios sin necesidad de cambiarse de EPS, gracias al decreto 3047 del 2013 de movilidad en salud.
"El gobierno por fin pensó en los trabajadores y las familias que no tenemos tanta estabilidad laboral. Tanto trámite para ir donde el médico lo enloquece a uno, pero ya con la norma sabemos que no hay necesidad de pasarnos de una EPS a otra. El beneficio no es para uno sino para la familia completa", cuenta.
Mónica Rey, gerente de operaciones comerciales de Salud Total, asegura que este mecanismo ha sido provechoso, sobre todo, para las plantas temporales, en las cuales los empleados se vinculan y desvinculan cada seis meses o un año y debían iniciar nuevamente su historial clínico para acceder a la atención.
"Si la persona no tiene el Sisbén actualizado no se puede realizar la afiliación. En Manizales, Salud Total tiene 4 mil usuarios por movilidad, de ellos 280 retornan al contributivo porque consiguen empleo. Pese a que la norma existe desde el 2013, mucha gente desconoce este mecanismo que ofrece tantos beneficios para ellos", relata.
Agrega que dentro de las ventajas está que el afiliado y los beneficiarios no tienen interrupción en el servicio, aunque aclaró que deben pasar el periodo de protección laboral para acceder a este modelo. "Si la persona lleva un año afiliado y deja de cotizar, la EPS lo protege el mes siguiente. Si cumple cinco años o más, la EPS lo cubre tres meses", sostuvo.
En las EPS privadas
Martha Irene Ojeda, gerente regional de la Nueva EPS, asegura que en Caldas tienen 7 mil afiliados en movilidad y en Manizales 2.087, lo que implica que las personas que eran cotizantes y pierden su empleo o capacidad de pago si son independientes pueden acceder a esta opción.
"Lo más importante del nuevo modelo es que el sistema no distingue si la persona hace parte del contributivo o del subsidiado. Si son pacientes que vienen en tratamiento o son de alto costo, no hay inconvenientes, pues se les garantiza los medicamentos, las citas y los procedimientos que tenían programados al igual que a su grupo familiar", expone.
Recalcó la importancia de que una vez las personas consiguen trabajo deben reportar el cambio para ser cotizantes del régimen contributivo.
Del contributivo al subsidiado
Requisitos:
* Pertenecer al Sisbén 1 o 2 o pertenecer a una población especial.
* Haber reportado la novedad de retiro.
* Diligenciar el formulario de autorización de movilidad.
* Si en la conformación de su grupo familiar existen beneficiarios mayores de edad, deben cumplir con los mismos requisitos para que puedan acceder a dicho beneficio y ser relacionados en el formulario.
De subsidiado a contributivo:
Si usted trabaja como independiente o vuelve a emplearse, podrá acceder al derecho de movilidad por medio de:
* Trabajador independiente: copia del pago, formulario de afiliación, presunción de ingresos, fotocopia de la cédula, y copia de los documentos de identidad de los beneficiarios.
* Trabajador dependiente: formulario de afiliación, fotocopia de la cédula y copia de los documentos de los beneficiarios.
Ampliación del grupo familiar
La cobertura en el sistema de salud para el núcleo familiar se extendió hasta el tercer grado de consanguinidad. El nuevo artículo determina como núcleo familiar del cotizante:
* El cónyuge, incluye parejas del mismo sexo.
* A falta de cónyuge, el compañero permanente.
* Los hijos, hasta que cumplan los 25 años que dependen económicamente del afiliado. Ya no es requisito demostrar la escolaridad, a través de los certificados.
* Los hijos de cualquier edad, si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del afiliado.
* Los hijos del cónyuge o compañero permanente del afiliado que dependaneconómicamente del afiliado o padecen de alguna discapacidad.
*Protege a los nietos del cotizante, siempre y cuando los padres no hayan cumplido 25 años.
* Los menores entregados en custodia.
* Si ambos cónyuges son cotizantes, los padres de alguno de los dos esposospueden entrar al grupo familiar. En caso de que uno pierda el trabajo, quedan desvinculados.
Sabía usted que...
* El régimen contributivo es aquel en el que las personas y su núcleo familiar tienen la capacidad de pago de los servicios de salud. En el subsidiado los usuarios tienen una vinculación al sistema de salud, gracias a los recursos fiscales o de solidaridad.
Con el modelo de movilidad las personas acceden a citas médicas, de especialistas, servicio de Urgencias, medicamentos, exámenes y cirugías. Todo los beneficios contemplados en el Plan Obligatorio de Salud deben respetarlo.
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