B. Eugenia Giraldo
LA PATRIA | MANIZALES
La emergencia por la covid-19 ha tocado de manera directa al personal de salud. No es para menos, si se tienen en cuenta las cifras de este personal afectado que en el país ya ascienden a 807, de ellos, 10 fallecidos y 46 asintomáticos. Hasta ahora hay 365 recuperados.
En Caldas son 19 trabajadores de la salud infectados, 18 asociados a la prestación del servicio y 1 comunitario.
Hace poco se conoció el caso de una persona que labora en una institución de salud y que al manifestar síntomas similares a la covid-19, el jefe le ordenó aislamiento en casa.
Le practicaron la prueba, que por fortuna fue negativa. La sorpresa se la llevó después de la cuarentena cuando regresó al trabajo, pues en el pago a final de mes recibió solo la mitad del salario.
Al preguntar cuál era la razón, le dijeron que le descontaron la licencia no remunerada.
LA PATRIA consultó con José Norman Salazar, director del Centro Colombiano de Derecho Médico, sobre los requisitos que debe hacer un empleado para evitar que esto suceda.
Incapacidad en mano
Recomendó que ante la orden de cumplir con un aislamiento preventivo, debe reportarlo y exigir que le entreguen una incapacidad por el tiempo que estará en cuarentena.
En este caso, dijo, la incapacidad médica la debe asumir la EPS y si lo reporta como un accidente biológico o un contacto en la institución de salud debe ser la ARL o riesgos laborales.
“Si no se reporta, la ARL lo negará porque incumple el requisito”.
El psicólogo especialista en gerencia de Salud Ocupacional Carlos Andrés Molano Martínez sostuvo que si su contrato es por prestación de servicios debe iniciar el proceso de reporte por la EPS, como es el manejo usual, e informar a la entidad en la cual presta los servicios.
Apuntó que la EPS le entrega el informe al trabajador, se encarga de hacer la prueba y de incapacitarlo por el 66% del salario.
“Si es menos de tres días el pago lo hace el empleador y si son más días, el pago lo hace la EPS”-
El Ministerio de Salud definió que solo a las personas pertenecientes al sector salud se les reconocerá el accidente laboral por contagio de covid-19.
Cuando la incapacidad la cubre la EPS, se considera como una infección comunitaria.
Accidente laboral en casa
Se debe informar al encargado del Sistema de Seguridad en el Trabajo para que lo reporte a la ARL siempre y cuando esté asociado a la actividad, no por condiciones domésticas asociadas y para las cuales el trabajador pudiera pensar en relacionarlas.
Casos en Colombia
669 Asociado a la prestación del servicio
106 Comunitario
37 Importado
18 Indeterminado
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