Óscar Veiman Mejía
LA PATRIA I Manizales
Las palabras de Luz Estela Espinosa son de agradecimiento, primero que todo. “El restaurante escolar es grandioso. Nos beneficiamos madres, como las que tenemos que trabajar”. La hija de ella estudia en el colegio Santa Teresita, del municipio de San José.
En segundo lugar, comenta la señora, hay cierta preocupación porque la semana pasada y ayer no hubo alimentación en el colegio de su hija y tampoco en el resto de los 26 municipios de Caldas, diferentes de Manizales. “Por ahora, mi hija almuerza donde mi abuela”, comenta la señora.
Este año a diferencia de otros, cuando el Plan de Alimentación Escolar (PAE) empezaba desde el primer día de clases, pasa por varios tragos amargos, generados en el proceso de licitación.
Sin embargo, el fallo de una tutela abre las puertas a la posibilidad de agilizar la entrega del alimento complementario para unos 67 mil alumnos. De todas maneras, será la Gobernación la que defina el procedimiento por seguir y cuándo abren los restaurantes.
La tutela la interpuso, el 19 de enero, la Unión Temporal Alimentando Caldas. Eso ocurrió un día después de la audiencia de adjudicación. El Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Manizales ordenó suspender el proceso para escuchar a las partes y decidir.
Improcedente
Sergio Antonio Suárez, como representante legal, exigía el debido proceso en sus componentes de defensa, contradicción y principio de legalidad; que se repitiera la audiencia de adjudicación, y que se mantuvieran los efectos de las decisiones sobre las observaciones.
El punto de la discusión tuvo que ver con que la UT Caldas Social reiteró que Alimentando A Caldas no cumplía con la experiencia específica requerida. Por eso, el Comité Evaluador informó la intención de adjudicar los tres módulos a la Unión Temporal Caldas Social.
El Juzgado declaró improcedente la tutela. Su conclusión fue: “No es el Juez de Tutela el llamado a producir una decisión que reemplace las sentencias de los jueces ordinarios, o autoridades competentes, pues el accionante cuenta con otro medio de defensa judicial para incoar (iniciar un proceso)h sus pretensiones, como lo es la vía administrativa”.
En espera
La madre en San José plantea la inquietud lógica. ¿Cuándo habrá restaurante?. Esa pregunta tiene una respuesta, que refleja la encrucijada en la que está la Secretaría de Educación.
En el pronunciamiento de ese despacho en la tutela advierte: “...dentro del proceso licitatorio no se ha proferido el acto administrativo de adjudicación y, por consiguiente, tampoco se ha suscrito ningún contrato, por lo que legalmente el proceso está en curso...”.
Añade que se estudia la posibilidad de tomar medidas de saneamiento del proceso licitatorio, lo que incluiría la posibilidad de retomar el proceso desde la audiencia pública de adjudicación y la presentación del informe final por parte del comité evaluador.
La cosa no se queda ahí. Caldas Social, a la que en la audiencia le adjudicaron el contrato, le responde a la Secretaría. “... reclamamos de la Administración absoluta seriedad y respeto por los procedimientos contractuales previstos en la ley, ya que precisamente el acto o procedimiento de la audiencia de adjudicación en la licitación pública se hace o realiza para efectivamente adjudicar un contrato”.
La Gobernación complementa: “Claro está, también se está estudiando las implicaciones que una decisión como esta traería y los derechos de los demás oferentes, incluido los de la Unión Temporal a quienes finalmente se les manifestó en audiencia la recomendación del comité evaluador”.
A lo que Caldas Social reacciona con que no permitirá que se materialicen este tipo de insinuaciones por considerar que son atentatorios, ilegales y flagrantes de las garantías procedimentales que demandan un proceso precontractual. “No permitiremos semejante atropello a nuestro legítimo derecho adquirido”.
Volvemos a la pregunta de la señora: ¿Cuándo habrá restaurante?
La respuesta la dio la Gobernación ayer a LA PATRIA. “Estamos activando la ruta administrativa y jurídica para dar continuidad y culminación del proceso”.
¿Ejecutor o proveedor?
La polémica tiene que ver con la razón por la cual Alimentando a Caldas no ganó el contrato y quedó en manos de la Unión Temporal Caldas Social. Esta última, en las etapas del proceso, aseguró que Suministros y Logística de Oriente, una de las tres empresas integrantes de Alimentando a Caldas, no era un ejecutor de un plan de alimentación escolar, sino un proveedor.
Ese argumento vino a tener peso en la audiencia de adjudicación, en la que de manera previa presentaron el informe de evaluación que le daba dos módulos de municipios a Alimentando a Caldas y uno a Caldas Social.
Sin embargo, el Comité Evaluador corrigió y reconoció que de acuerdo con el certificado, la experiencia de Suministros y Logística de Oriente era por su labor como proveedor y transportador de productos alimenticios como verduras y frutas en un contrato del 2016, paradójicamente en un contrato que ejecutado la Gota de Lecho (integrante hoy de Caldas Social) para la Gobernación.
Una persona, con experiencia en este tipo de contrataciones, dijo a LA PATRIA. “Pongámos como ejemplo los contratos de infraestructura que son más comunes: El ejecutor es la empresa constructora que contrata y no quien transporta el ladrillo hasta la obra”.
El Juzgado cita en el fallo a Juan Jairo Muñoz, presidente de la Veeduría departamental del PAE. “Por lo menos en asuntos de inhabilidad, o corrupción se trató de un proceso transparente”.
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