Inmovilizadas, así permanecen desde el pasado martes tres ambulancias del Cuerpo de Bomberos de Manizales. Así lo determinó la Dirección Territorial de Salud de Caldas, tras comprobar que no están habilitadas para el traslado de pacientes.
Adriana Ramírez, responsable del área de prestación de servicios de la DTSC, explicó que Bomberos de la capital caldense solo tiene habilitado ante el Ministerio de Salud el servicio de atención prehospitalaria. Añadió que por eso en el sitio de ocurrencia de un evento, su personal puede prestar la atención inicial o primeros auxilios, pero no les está permitido el traslado de pacientes.
Expuso que a pesar de que tienen sus ambulancias no han concluido el proceso que exigen la resoluciones 926 del 2017 sobre el sistema de emergencias médicas y la 2003 del 2014 para la habilitación en la prestación del servicio de salud.
Según Ramírez, el pasado 8 de agosto recibió una queja formal, por eso el martes pasado en una visita de inspección, vigilancia y control les advirtió que deben abstenerse de continuar con la prestación de dicho servicio y que por ningún motivo pueden movilizar las ambulancias hasta que presenten la documentación requerida y queden habilitados.
Ramírez reconoció que hay un gran avance y llamó a la Unidad de Gestión del Riesgo, como entidad competente, para que acompañe al Cuerpo de Bomberos en este proceso para que realice el trámite documental, que tendría como representante legal al alcalde, José Octavio Cardona León.
“Hay un 90% de cumplimiento, solo falta la documentación”, precisó.
Jairo López Baena, director de la Unidad de Gestión de Riesgo en Manizales, manifestó que el Cuerpo de Bomberos trabaja en el proceso de traslado asistencial básico, que espera quede resuelto en 15 días.
Al cuestionar a Ramírez por las condiciones en las que están los organismos de Bomberos en los demás municipios de Caldas, comentó que solo el de Chinchiná tiene autorizado este servicio y adelantó que los demás no figuran en el registro de prestadores para el traslado de pacientes.
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El 2 de agosto la DTSC emitió la circular 079 en la que expone los parámetros y las competencias que cada estamento en el departamento debe tener en cuenta frente al sistema de emergencias médicas para la atención de eventos catastróficos o de urgencias.
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Las ambulancias de la Cruz Roja, Defensa Civil, Grupo Especial de Rescate (GER) y Búsqueda y Rescate sí están habilitadas para el traslado asistencial de pacientes.
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Lista de chequeo
* Recursos humanos: formación
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* Manejo de medicamentos
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