LA PATRIA | MANIZALES
Se aproxima la fecha para que los empresarios realicen la consignación de los recursos de las cesantías, prestación social a la que tiene derecho todo trabajador formal y que durante esta época de pandemia han demostrado ser el mejor seguro de desempleo.
Según cifras de la AFP Porvenir, entre enero y diciembre de 2020 se atendieron 1,6 millones de solicitudes por concepto de retiro de cesantías por un valor de $3,1 billones. Principalmente, estos recursos fueron solicitados por terminación de contrato por un valor de $1,1 billones, seguido de los retiros para vivienda por $1 billón y reparaciones locativas por $433.371 millones.
Por concepto de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, 186.632 afiliados a este Fondo se acogieron a este beneficio por un monto de $181.183 millones. Concepto de retiro que sigue vigente hasta el 28 de febrero de 2021.
Lo anterior confirma que con el pago de esta prestación se están apoyando épocas de desempleo o situación actuales como la pandemia. Las cesantías son una opción para que las personas tengan un ´colchón´ para su manutención y la de sus familias mientras consigue otra fuente de ingresos, señaló Andrés Vásquez, vicepresidente Comercial en la AFP Porvenir.
De ahí la importancia del pago oportuno de esta prestación social acompañada de una labor de educación y control que evite que este dinero sea utilizado para fines diferentes a los estipulados por la Ley. Los empresarios también deben Incentivar la cultura del ahorro en sus trabajadores con miras a hacer buen uso del dinero.
La mejor recomendación que puede recibir un empleador es que no deje de realizar el pago de este auxilio a sus empleados oportunamente y dentro de los términos que fija la Ley, de esta forma, no solo evitará sanciones que se traducen en mayores gastos. Vale recordar que los empresarios tendrán plazo hasta el 14 de febrero para consignar las Cesantías de sus trabajadores. Si pasada esta fecha no se ha hecho el pago, se generará una sanción por mora de un día de salario por cada día de atraso.
Mitos y realidades
A continuación, el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir resuelve algunas dudas de los lectores, muchas de las cuales son mitos que se han construido alrededor del uso y alcance de esta prestación social.
Mito 1: ¿Es cierto que las cesantías no generan intereses?
Falso. Los intereses de las cesantías son un valor adicional y se fijan con base en una tarifa del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado para quienes no cumplen con un periodo completo de un año de labores. Este monto se debe entregar directamente a los trabajadores antes del 31 de enero.
Mito 2: ¿El empleador de tomar la decisión sobre en qué Fondo se deben consignar las cesantías?
Falso. Toda persona que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a elegir en qué fondo de cesantías desea que su empleador le consigne. Para ello, puede escoger entre uno privado o una entidad pública que administre cesantías.
Mito 3: ¿Si una persona cambia de empleo antes de cumplir un año, no le pagan cesantías?
Falso. La persona tiene derecho a cesantías y el empleador debe entregarle un monto proporcional por el tiempo que laboró, con su respectiva liquidación. El trabajador también debe tener en cuenta que le deben reconocer los intereses sobre Cesantías equivalentes a 1% por cada mes laborado. Es importante recordar que las cesantías son una prestación derivada de un contrato de trabajo y por cada contrato la persona puede estar en un fondo de cesantías. No obstante, lo más recomendable es que si labora en varias partes, los aportes de cesantías vayan al mismo Fondo.
Mito 4: Aunque se soliciten con prontitud las Cesantías, los Fondos se demoran mucho en entregarlas
Falso. Cuando un trabajador decide retirar su ahorro de Cesantías y cumple con los documentos de ley, es decir, que el empleador haya verificado que los recursos serán destinados a vivienda o educación y también expedida la carta que autorice el retiro por parte del titular, tiene la posibilidad recibir sus Cesantías el mismo día en que realiza la solicitud.
Porvenir cuenta con herramientas digitales como Porvenir Web, Porvenir Móvil, Porvenir APP, Audio Respuesta Porvenir, Chat Porvenir, entre otros, que facilitan los trámites y solicitudes de sus afiliados
Mito 5: Las cesantías no son lo mismo que la liquidación
Verdadero. Las cesantías y la liquidación de un contrato de trabajo son elementos diferentes. Es frecuente que se crea que son lo mismo porque en la liquidación se incluye un rubro por cesantías del periodo laborado desde el último pago por ese concepto. Es decir que la liquidación que se da al momento de terminar un contrato de trabajo puede contener un pago de cesantías, entre otras prestaciones laborales y de otra parte esa misma persona tener cesantías en un Fondo correspondientes a años laborados anteriormente.
Mito 6: Las cesantías no generan rendimientos
Falso. Cuando un trabajador ahorra cesantías, tiene la posibilidad de elegir entre distintas alternativas de inversión que procuran hacer su dinero más rentable. En los fondos se cuenta con un esquema de ahorro que les permite a los afiliados escoger el portafolio que más se ajuste a sus objetivos y expectativas de ahorro, ya sea como auxilio de desempleo o para educación o vivienda.
Mito 7: ¿Si las cesantías no se reclaman después de un año se vencen?
Falso. Como lo establece la ley, todos los años los trabajadores que tienen derecho a las cesantías, reciben esta prestación en su cuenta individual en el fondo de cesantías elegido. Pasado un año, si el trabajador no ha decidido retirar sus cesantías, estas permanecerán en su cuenta individual indeterminadamente, generando rendimientos a través de los portafolios de cesantías. Esto quiere decir que no existe un tiempo de vencimiento.
Retiro de cesantías es gratuito
Por otro lado, El Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir invita a sus afiliados y a los colombianos en general, para que hagan uso de los canales de atención virtuales con los que cuenta el Fondo, que son gratuitos, ágiles y seguros, y no dejen sus trámites en manos de intermediarios.
La solicitud de cesantías se puede realizar en línea ingresando a la zona transaccional del portal web y ubicando la opción de retiro de cesantías en el menú de aportes y retiros.
Finalmente, el Vicepresidente Comercial de Porvenir, Andrés Vásquez, señaló que más de 180 mil empresas confían el pago de las cesantías de sus trabajadores a esta administradora de fondos de pensiones que sigue mostrando solidez, eficacia y transparencia. Recalcó que el 14 de febrero de 2021 es la fecha límite para la consignación de cesantías.
Para tener en cuenta
* Más de 180 mil empresas confían el pago de las cesantías de sus trabajadores a la AFP Porvenir
* 14 de febrero de 2021, fecha límite para la consignación de cesantías
* El 59% de estos retiros de cesantías en la AFP se han realizado a través de los canales virtuales de la AFP Porvenir.
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015