COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
El Consejo de Estado informó que concluyó el término de 10 días hábiles que dio al Comité Promotor del Partido de Integración Nacionalista Radical Internacional para que hiciera correcciones en la demanda de nulidad electoral contra Iván Duque y Marta Lucía Ramírez, presidente y vicepresidente de la República, por lo que el caso se cerró oficialmente.
El consejero ponente Alberto Yepes Barreiro les solicitó a los demandantes corregir la demanda, en cuanto a que debía ser de nulidad simple y dirigida al acto administrativo de contenido electoral que no permitió la inscripción, sin embargo, los demandantes no realizaron el trámite.
Dicho movimiento político había instaurado el recurso tras considerar que se les generó un daño grave cuando la Registraduría Nacional de Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral les impidieron la inscripción de comité promotor de sus candidatos a la jefatura del Estado (2018-2022), Karina Amalia Sierra Núñez y Reinil González Burgos.
La Sección Quinta de la corporación estudió los argumentos del movimiento, al igual que analizó las respuestas entregadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral sobre las razones por las que el movimiento no fue inscrito para las elecciones presidenciales que se realizaron en primera y segunda vuelta.
El magistrado Yepes consideró que la demanda contenía inexactitudes y vacíos, aunque admitió que podía haberse presentado una acción judicial en contra del acto administrativo del CNE que no permitió la inscripción de sus candidatos. Sin embargo, la pretensión de anular la elección del candidato de la coalición liderada por el partido Centro Democrático y convocar nuevas elecciones fue descartada por completo.
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