MARTHA LUCÍA GÓMEZ
LA PATRIA | MANIZALES
En 20 días será la elección de Juntas de Acción Comunal (JAC), según Resolución 1513 del 22 de septiembre del Ministerio del Interior para designar directivos y dignatarios. El proceso se había aplazado tres veces debido a la covid, y ahora que se convoca, en Caldas genera divisiones.
Unos consideran que se deben hacer, y otros que no por falta de garantías, pues una JAC de un barrio o una vereda pequeños no puede tener menos de 60 afiliados, y si se multipla por todas las juntas en el país da unas 3 millones 780 mil personas movilizadas ese día.
No es momento
Luis Alfredo Gómez Parra, presidente de la Federación Comunal de Caldas, dice que hay un sector que tiene compromisos con las administraciones y la política nacional, y para cumplirles impulsan la elección.
"Otro sector, entre ese yo, considera que la pandemia no está resuelta, tampoco la vacunación, ni la inmunidad de rebaño; que gran parte de los afiliados a las JAC son adultos mayores y apenas están arrancando la tercera dosis de la vacuna de refuerzo. Entonces creemos que las condiciones, con la llegada de la cepa delta, no están dadas".
Agrega que los tiempos que concedió el Mininterior no dan para que todos los organismos comunales se preparen, pues el pasado viernes era la fecha límite para constituir Tribunal de Garantías, que vigila el proceso, y sin ellos no se puede hacer una elección.
"El Ministerio planteó posibilidades para elegirlo, pero termina enredando mucho el proceso. Desde la Federación hemos orientado que el Artículo 31 de la Ley 743 dice que se debe elegir Tribunal 15 días hábiles antes de la elección, en una asamblea previa. Tres personas que no aspiren a ser dignatarios ni sean directivos".
No obstante, lo han llamado promotores y presidentes de JAC para comentarle que no tienen cómo elegir Tribunal, que es el que define fecha, horario y lugar de la asamblea, cuándo se cierra el libro de afiliados para votar; verifica los listados de asistencia, que todas las planchas o listas tengan las mismas garantías, que no se elija gente que no esté en la asamblea o que una persona vote por delegación de otro comunal. También debe hacer el escrutinio, la distribución de cargos de acuerdo a cuocientes y residuos y certificar que la elección se dio sin vulnerar principios democráticos.
Sostiene que fuera de esto, está prevista una reforma a la Ley 743 que podría definir un nuevo calendario electoral, ¿entonces cuál sería el periodo que tengan las JAC electas?
Ya es hora
"Es importante entender que el periodo de los dignatarios comunales, según la Ley 743, es de cuatro años, que se eligen en el mismo año en que se posesiona el alcalde, pero la elección que se tenía que dar el último domingo de abril del 2020 no se pudo hacer por la pandemia y se fue aplazando mediante actos administrativos", explica José Humberto Duque Corrales, presidente de la Asociación de Juntas de Acción Comunal (Asojac) Manizales.
Reconoce los reparos de algunos líderes, pero sostiene que es importante que se den las elecciones porque así como muchas JAC están trabajando, otras siguen con temores de hacer sus actividades.
"El 2020 fue un año difícil para los organismos de Acción Comunal, porque no se podía convocar a asambleas ni a reuniones masivas, ni a convites. No podemos desconocer que el aparato institucional se ha alejado de la organización comunitaria y por ello se tienen críticas, pero es necesario que llegue un momento de recomposición, y es este".
Señala que la Resolución 1513 contiene mecanismos para hacer la elección, como votaciones secretas, inscripción de dignatarios y faculta a que haya un modelo como digan los estatutos de la organización comunal. Cada una deberá velar por hacer el proceso en espacios abiertos y cumplir los protocolos (usar tapabocas, mantener la distancia física entre personas, lavarse las manos).
"Le vemos pero a una asamblea comunal, porque se relaciona con el Estado, cuando la ciudadanía está ya aglomerada asistiendo a actividades sociales, conciertos, corridas de toros, eventos deportivos. Esperamos que la mayoría de las JAC en Manizales, que tienen un promedio de afiliados entre 170 y 200, tengan electo el Tribunal de Garantías y participen en la elección del 28. Es una invitación también para que mayores de 14 años participen, primer requisito para estar afiliado a una JAC".
Fuera de esto, Duque Corrales considera que la mayoría de JAC elegirá bajo quórum supletorio; mecanismo que contempla la ley para que una hora después de haber sido convocada una JAC, sino está la mitad más uno de los afiliados, pueda hacerlo con el 30% de su capacidad. "Sí estamos seguros es de que la convocatoria no dará para que el 100% de los afiliados asista, por las razones expuestas".
Lo que deben elegir las JAC
1. Directivos o dignatarios (presidente, vicepresidente, secretario y tesorero).
2. Fiscal (lo gana la plancha o lista de mayor votación).
3. Delegados ante la Asociación Municipal de Juntas (son tres).
4. Comité de Convivencia o conciliadores (son tres).
5. Secretarías Ejecutivas o Comisiones (mínimo tres).
En números
Colombia tiene 63.153 JAC, Caldas 1.750 y Manizales 200.
Si no eligen el 28
La Ley 743 contempla que puede haber un caso fortuito, como no haber podido hacer la asamblea para elegir Tribunal de Garantías, caso en que una JAC puede solicitar al órgano de inspección control y vigilancia (en Manizales, la Secretaría de Desarrollo Social, y para el resto de Caldas a través de la Secretaría de Gobierno) que le den un tiempo para poder elegir nueva Junta.
Se acogen
Jhon Jairo Castaño Flórez, secretario de Gobierno de Caldas, indica que el Mininterior hizo el último aplazamiento de estas elecciones el 12 de marzo y anunció que se harían cuando existieran garantías. "Así lo hizo, y nosotros nos acogemos a las decisiones del nivel Central. No van a ser unas elecciones tradicionales, lo importante es que no vayan a darse aglomeraciones y cumplir los protocolos de bioseguridad; pero también es igual de importante que se lleven a cabo estas elecciones porque hay municipios en los que las JAC no están operando".
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