Gonzalo Gallo


Para la ley de época de Augusto, de siglo I a. de C. la mera voluntad de uno de los cónyuges era suficiente para un divorcio.
No era necesario tener que dar explicaciones a nadie ni hacer públicos los motivos para que fuera efectivo.
Lo único que exigía esa ley es que la voluntad de la separación fuera firmada ante siete testigos.
Luego se notificaba tal deseo al otro cónyuge mediante mensajero y por escrito, y nada más.
Hay quienes llegan demasiado pronto a ese paso y otros demasiado tarde por aguantar y aguantar.
Una gran falla de las parejas es no buscar ayuda a tiempo para lograr apagar una chispa y no un incendio.
Toda relación es una “empresa” y, como todas, pide planes evaluables de mejoramiento, con fecha.
Es algo de sentido común que, oh tristeza, es el menos común de los sentidos. Aplícalo y no lamentarás dolorosas rupturas.
@Gonzalogallog
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