Efraim Osorio

¿Son sinónimos los sustantivos ‘dilación’ y ‘dilatación’? “Muy importante esa pregunta”, como responde siempre el presidente Duque. De entrada, se puede responder que lo son, pero no en un ciento por ciento, aunque los dos vienen del mismo verbo latino ‘dilatare’ (‘extender, alargar, ensanchar, dilatar; amplificar, desenvolver, dar amplitud’). El mismo idioma tiene los sustantivos ‘dilatio-onis’ (‘acción de prolongar, dilación, retardo, aplazamiento’) y ‘dilatatio-onis’ (‘extensión’). Y los dos sustantivos tienen su raíz en el adjetivo latino ‘latus-a-um’ (‘extenso, dilatado, vasto; difuso, amplio’). La pregunta la formuló un lector de Eje 21, porque consideró que en esta explicación no está bien empleado el sustantivo ‘dilatación’ por ‘dilación’: “Primero porque con todos estos problemas se dilata la toma de decisiones, segundo, esa inoperancia y dilatación...” (Julián Andrés García Cortés, 31/8/2021). De acuerdo con sus respectivas definiciones, sí, porque ‘dilatación’ es la “acción y el efecto de dilatar o dilatarse”, verbo que, entre otras cosas, significa “diferir la ejecución de algo”. De ‘dilatación’, los diccionarios presentan esta otra acepción: “Física. Aumento de longitud, superficie o volumen de un cuerpo por separación de sus moléculas con disminución de su densidad”, es decir, que con su ‘dilatación’ ocupa más espacio. Y de ‘dilación’, que antiguamente significaba también ‘dilatación’, dan esta definición: “Demora, tardanza o detención de algo por algún tiempo”, es decir, que esa acción gasta más tiempo en ejecutarse. Según estas nociones, la idea que expresa el término ‘dilatación’ es actualmente más extensa que la que expresa ‘dilación’. Esta es la razón por la cual el sustantivo ‘dilatación’ abarca tanto la ampliación en el espacio como la prolongación en el tiempo. ‘Dilación’, en cambio, sólo lo segundo. Y explica también por qué el verbo de ‘dilación’ es ‘dilatar’: no tiene uno propio.
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El arte de interrogar es ya obsoleto. Casi nadie pregunta correctamente. Prueba de ello, este titular de El Tiempo: “¿Los carros son cada vez más caros en Colombia?” (Vehículos, 4/9/2021). Esta pregunta debe comenzar con el verbo, así: “¿Son cada vez más caros…?”. Cuando no intervienen en la oración interrogativa los adverbios ‘dónde, cuándo, cómo’ o los pronombres relativos interrogativos ‘qué, quién, quiénes, cuál, cuáles’, con los que se inicia la pregunta, ésta debe comenzar con el verbo de esa oración. Si queremos hacerla castizamente, ¡claro!
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Ciudades como Bogotá, Barranquilla y Pereira tienen ‘circunvalar’, vía que rodea una parte de la ciudad. Pero existe también el verbo ‘circunvalar’, con esta única acepción: “Cercar, ceñir, rodear una ciudad, una fortaleza, etc.”. Sin embargo, lo encontré con otro significado –traído de las mechas, sin duda– en el destacado del artículo “El club de compadres que mantienen con vida a Venezuela”, atribuido a Omar Zambrano, que dice así: “Estos países tienen larga tradición de sanciones y han generado toda una forma de hacer negocios y transacciones para circunvalar el cerco de las restricciones…Y Venezuela ha ido aprendiendo de ellos” (El Tiempo, A fondo, 5/9/2021). Aunque no muy seguro de ello, creo que el texto es traducción del inglés, pues el crédito se lo dan a Gittanjali Wolfermann y Liseth Boon. Si acerté, es posible que ‘circunvalar’ sea la traducción equivocada del verbo inglés ‘circumvent’, que significa ‘eludir’, verbo del que no es sinónimo ‘circunvalar’, que no expresa lo pretendido por esos países, a saber, ‘neutralizar el efecto del cerco de esas sanciones económicas’, que permanecen vigentes. Según esto, el verbo apropiado para expresar esa idea es ‘contrarrestar’. O ‘contrabalancear’ (‘contrapesar’).
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La frase latina ‘sine qua non’ (‘sin la cual no’) debe emplearse sólo para el sustantivo femenino singular ‘condición’, porque ‘qua’ (ablativo) es el femenino singular de ese pronombre relativo. Está, pues, fuera de lugar en la siguiente muestra: “Una amnistía como la propuesta solo sería tolerable bajo el cumplimiento de unas condiciones sine qua non…” (LA PATRIA, Guido Echeverri Piedrahita, 4/9/2021). En esta oración, ‘condiciones’ es plural, por lo que el pronombre relativo latino debe construirse también en ablativo plural, de esta manera: “…condiciones sine quibus non” (‘sin las cuales no’). Es la concordancia.
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