Si se cuentan las reformas tributarias en Colombia desde 1983, se puede afirmar que el país sufre de inseguridad jurídica en materia tributaria. En 38 años se han hecho 18 reformas, además de los ajustes que por la vía de decretos se han realizado al Estatuto Tributario. Si bien las distintas modificaciones han logrado aumentos en los ingresos del gobierno que permiten aliviar el déficit fiscal, ese logro es apenas transitorio, toda vez que también se presenta un aumento de tipo estructural e inflexible a la baja en el gasto público. Así las cosas, la pretensión de mantener equilibradas las finanzas públicas no se cumple, porque los ingresos tributarios dejan de crecer y el gobierno se ve obligado a llevar a cabo una nueva reforma tributaria cada dos años, en promedio. Esta inseguridad jurídica afecta especialmente a las rentas provenientes del trabajo.
Esto último resulta evidente si se observan las principales modificaciones efectuadas, encontrando lugares comunes en el proceso, como que se ha venido cargando el peso de sostener al Estado a un mismo sector de la sociedad. El incremento de la tarifa del IVA y la ampliación de su base ha sido un proceso recurrente: en 1990 se pasó de una tarifa del 10% al 12% y desde entonces se han venido presentando incrementos en todos los proyectos hasta llegar a la tasa del 19% vigente hoy. Agotado el mecanismo de subir la tarifa se pasa a la ampliación de la base por medio de la inclusión de nuevos productos. Desde la reforma de 2019 se empezó a aplicar un mecanismo para mitigar la inconformidad social por el incremento en la base de productos incluidos, la promesa de devolución del IVA pagado por sectores de menores ingresos. Seguramente esta figura seguirá presente en las próximas reformas tributarias que se darán en pocos años, ya que la que se ha presentado en 2021 está lejos de resolver de una manera definitiva el problema fiscal del país.
Otro tributo, creado por decreto durante la década de los noventa haciendo uso de la figura de la emergencia económica, es el impuesto a las transacciones financieras, que inició como un impuesto temporal en dos por mil, pero ya está en el cuatro por mil y a pesar de que se considera un tributo anti-técnico parece que no será posible eliminarlo en el mediano plazo. Ya con la Ley 1607 o Reforma Tributaria de 2014 se había planteado su desmonte gradual a partir de 2019, pero sigue vigente y no será fácil su eliminación.
Otro tema recurrente es la ampliación de la base de declarantes y contribuyentes, que se logra bajando el monto mínimo de ingresos a partir del cual las personas naturales están obligadas a declarar y pagar impuestos de renta. En 2009 el ingreso medio gravable del decil más bajo era de $6.660.816 mensuales, en 2014 era de $3.268.750 y en el proyecto de reforma de 2021 se pretende llevar la base mínima gravable a $2.500.000 mensuales. Esta tendencia no parece conveniente, porque no favorece la equidad, en lugar de incrementar la tarifa a los niveles de ingresos superiores se amplía la base en los ingresos inferiores, lo cual es muy grave en un país como Colombia donde se observa un alto índice de desigualdad. Esto también ratifica una costumbre en los procesos de reforma tributaria, que es gravar las rentas provenientes del trabajo de las personas naturales, sin afectar, por ejemplo, de manera significativa las rentas de capital que las personas naturales obtienen, segmento donde se concentran los más altos ingresos de estos contribuyentes. De esta manera las personas que poseen más riqueza e ingresos no son las que contribuyen en mayor porcentaje al recaudo fiscal.
Hay otros caminos que podrían contribuir a mejorar las finanzas públicas, pero ningún gobierno se ha comprometido con ellos. Se pueden mencionar algunos: control a la corrupción, control a la evasión, recuperación de cartera morosa en diferentes entidades estatales y reducción del gasto público en ciertos sectores que hacen pocos aportes al bienestar de la sociedad, entre otros. Entre tanto, seguimos avocados a la inestabilidad tributaria en Colombia.
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