Dentro del Estado federal, como en los Estados (o regiones) federados, se presenta, al igual que en las repúblicas unitarias, las distintas formas de organización administrativa, tales como la desconcentración, la delegación y la descentralización de funciones y servicios para el logro de unas mejores administraciones, las que deben estar previstas en la Constitución federal, la que también debe definir, de manera rígida o estricta, lo que es fundamental, las competencias que corresponden al Estado federal, las que son exclusivas de los Estados (o regiones) federados, y las que sean compartidas. Para ese reparto o distribución de competencias, o su modificación, se debe contar con la representación constituyente de los territorios federados.
En teoría constitucional, todos los Estados federados, además de tener sus propias constituciones políticas individuales, tendrían todos iguales poderes, ostentarán los mismos elementos que conforman cualquier Estado (poder, territorio, población), y ejercerán, así mismo, las tres principales funciones de un Estado, esto es, tendrían función legislativa, ejecutiva y judicial, pero, se reitera, sin contrariar lo dispuesto en la Constitución federal, atribuciones que desarrollarían de manera autónoma. De igual manera, administrarían libremente sus propios recursos e intereses, sin influencia o control del poder federal. En el caso de algunos Estados federados, por su grado de desarrollo, aunque cuentan con los mismos poderes de sus pares, requerirían de ua mayor ayuda o asistencia del Estado federal.
En un Estado unitario, con marcado poder político central, restringe, disminuye, o incluso acaba, prácticamente a su antojo, las atribuciones o servicios asignados a las entidades descentralizadas; en un Estado federal necesariamente se requiere de la aprobación de los Estados federados, así como para cualquier modificación a la Constitución federal. Sus gobernantes son elegidos popularmente para los períodos determinados en la Constitución.
¿Qué tan madura estaría nuestra nación para asumir el reto de la federalización? Es la inquietud que ha permanecido por años. Indudablemente hemos avanzado en esa dirección, pero requeriremos de una mayor cultura o conciencia de lo que significa la administración de los intereses que son propios y los que pertenecen a toda una colectividad del Estado común. Pareciera que aún seguimos apegados a una vocación centralista con los intereses que allí se manejan, con los lamentables vicios políticos y de corrupción que padece nuestra república, pero también habría que poner atención a los fenómenos que podrían aparecer, que no repetirse como en vigencia de la Constitución de 1863, que acabaron con el sueño de un país federal y que dieron lugar a la excluyente Constitución de 1886.
El esbozo que se ha hecho del federalismo y su comparación con el Estado unitario a lo largo de estas 8 entregas, ha sido con el solo propósito de que se perciban las bondades o preocupaciones que puede generar o genera uno u otro sistema, por demás complejos por los aspectos políticos que entraña. A mi modo de ver, el deseable es el primer modelo de Estado, no solo por la organización y autonomía de los territorios federados, sino porque conlleva a la materialización de una más pura democracia en su funcionamiento, sin ocultar que allí también aparecen dificultades.
En un Estado fuerte como Estados Unidos, si bien no sufrió en sus estructuras federales con las actitudes negativas del presidene saliente Donald Trump, sí lesionó gravemente la democracia y la tranquilidad política que siempre han reinado en ese país, quien con su ambición de poder, de haber sido reelegido, pudo haberlo desestabilizado aún más, por lo que sí resulta saludable un juicio para restablecerlo del desafuero.
Fue igualmente mi deseo con el tema, en este espacio a las ideas que brinda “La Patria”, aportar un pequeño grano en los inicios de la conmemoración de su primer centenario.
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