Como se rememoraba en la primera entrega, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Caldas empezó a funcionar el 5 de septiembre de 1922 en oficinas de la Gobernación de Caldas, pero también tuvo otras sedes, transitorias ellas, como aconteció en la antigua edificación del Dr. Teodoro Ayala, en inmediaciones del parque Liborio Gutiérrez; en el edificio Concha López de la calle 22 entre carreras 23 y 24; en la carrera 22 con calle 21; en el edificio de Infimanizales, situado detrás del Centro Comercial Parque Caldas, esta, cuando se ordenó la evacuación del Palacio Nacional que sería luego reforzado estructuralmente, como también se despachó desde las casas de los magistrados y empleados a raíz del sismo de 1962. Hoy, y desde el 2012, funciona de manera permanente en los pisos 1º y 14 de las bellas instalaciones del actual Palacio de Justicia “Fanny González Franco”, en la carrera 23 entre las calles 21 y 22.
Queriendo recopilar documentos históricos del Tribunal, en el año 1990 fue rescatada de un desorgonizado archivo judicial que se hallaba en los sótanos del antiguo Palacio Nacional, el acta original de su instalación y algunas de sus primeras providencias, todas en bellos manuscritos; al igual que se intentó recuperar de los archivos del Departamento de Caldas (el Gobernador posesiona los magistrados de los tribunales) las actas de posesión de los primeros funcionarios; no obstante, por la información que se obtuvo, los incendios ocurridos en la ciudad en los años 1922-1924, y por la destrucción de documentos dispuesta por un gobernador en los años cincuenta, resultó imposible su recuperación.
El Tribunal Administrativo de Caldas contó en sus inicios con 5 servidores judiciales (3 magistrados y dos empleados); en la actualidad, el número de magistrados es de 6, y empleados 28. Las normas procesales orientadoras han sido los cuatro códigos contenciosos administrativos que ha tenido la jurisdicción, plasmados en las leyes 130 de 1913, el primero; la Ley 167 de 1941 el segundo; el tercero en el Decreto Extraordinario 01 de 984, y el cuarto en la Ley 1437 de 2011, con las normas que los adicionaron o modificaron.
Es de resaltar que en el año 1994 el Tribunal publicó la primera edición de su gaceta administrativa “Foro de Astrea” (diosa de la Justicia, Temis es la diosa de la ley). El órgano de publicación, que en principio se distribuía a las entidades públicas y universidades, y a algunos centros internacionales, cuenta ya con 28 años de fundada; actualmente se edita de manera virtual.
La labor del Tribunal, que ha sido reconocida a nivel nacional por sus posturas jurídicas y su transparencia en el oficio judicial, ha tenido enormes impactos en la ciudad y el departamento, lo que se ha originado, por supuesto, en los mecanismos judiciales contenciosos administrativos implementados sobre todo a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991. Así, por ejemplo, realiza pronunciamientos sobre nulidades de actos administrativos que expiden los distintos órganos o autoridades con asiento en el Departamento; o el control que ejerce sobre remociones de servidores públicos, o sobre concursos de acceso a la función pública; o con respecto a actuaciones relacionadas con materia de tributos tanto nacionales como territoriales; decisiones sobre reestructuraciones de las administraciones públicas, o sobre sanciones impuestas a servidores públicos; las que recaen sobre actos de nombramiento de personas en el servicio público, o de elección de concejales o diputados y sobre demandas de pérdida de investidura de los últimos; igualmente sobre los contratos que celebra la Administración, o acerca de las responsabilidades en que se incurre en la prestación de los servicios de salud en organismos oficiales, como también por la acción de la fuerza pública, o por omisiones en la protección de derechos de las personas, en especial en su vida y bienes; decisiones en acciones populares, tutelas, etc., etc., etc.
En la próxima entrega me referiré a algunos de esos pronunciamientos.
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