Desde el mismo preámbulo de la Constitución, y lo repite el artículo segundo, son finalidades esenciales del Estado asegurar la “convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”, así como “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan…”, imponiendo a las autoridades la obligación de “proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”, esto en armonía con el artículo 1º que enmarca a Colombia como república “democrática, participativa y pluralista”.
La Constitución, como norma suprema, debe ser observada en toda su extensión y dimensión no solo por los particulares, también por quienes ejercen el poder del Estado, precisamente para lograr y garantizar su efectividad. Cuando ello no acontece, o simplemente se cumple a medias, empiezan a surgir dificultades como las que no solo se ven ahora, sino que se han vivido a lo largo de nuestra vida institucional.
Se distinguen tres clases de derechos fundamentales divididos en generaciones. Los derechos de primera generación, llamados derechos naturales, o también propiamente fundamentales, que son aquellos inherentes a la persona humana; dentro de ellos están, entre otros, las libertades, y la ‘resistencia a la opresión’, como de alguna manera lo trae nuestra carta política y lo consigna la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789; los de segunda generación están basados en aspectos de índole económica y social, tales como los derechos a la seguridad social, al trabajo, vivienda digna, los cuales exigen la intervención del Estado; y los de tercera generación, referidos a la solidaridad, como son los derechos al medio ambiente sano, a la paz, etc. Los derechos de primera generación aparecieron en el siglo XVIII; los de segunda a finales del siglo XIX, los de tercera a mediados del siglo XX.
La Constitución nacional nuestra, a punto de cumplir su texto original 30 años, dedica así mismo una buena parte a los derechos de primera generación, encontrándose dentro de ellos la consagración de los de libre expresión con responsabilidad social; de reunión y el de manifestarse pública y pacíficamente, pudiendo la ley establecer restricciones a este derecho, los que están consagrados en los artículos 20 y 37.
Una providencia reciente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca pretendía hacer inviable horas previas a su realización, las movilizaciones públicas programadas en todo el país para los días 28 de abril y 1º de mayo, en donde se ejercerían aquellos derechos, habiendo ordenado el ponente su ‘aplazamiento’ (mejor suspensión de los permisos), ante las evidentes dificultades que ha originado la actual pandemia del coronavirus, acto judicial que no solo fue desconocido por la comunidad obligada a acatarlo, sino que resultó imposible para las autoridades administrativas hacerlo cumplir, como se supone, debía ser su obligación.
Se tiene por entendido que las protestas solo estaban encaminadas a oponerse férreamente al inconsulto e inequitativo proyecto de reforma tributaria, pero como aquellas se han prolongado, algunas de manera violenta como nunca debería ser, han aflorado nuevamente muchos problemas sociales acumulados sobre los que no se ha ofrecido la suficiente atención. Insisto, como muchísimos connacionales, así como se impuso prisión perpetua por homicidios dolosos al tenor del nuevo artículo 34 de la Constitución, también debe establecerse una pena condigna para los corruptos, que con la sustracción de los dineros públicos -producto también de reformas fiscales-, afectan igualmente sensibles derechos de absolutamente todos los colombianos. Debe admitirse que requerimos nuevos recursos para el Estado.
Parecería que la Constitución de 1991 resultó insuficiente para darle solución a la problemática nacional, lo que no creo, sino que ha faltado es voluntad y decisión política para materializarla. Aquel fue el pacto social que adoptó Colombia en ese año, y si se busca uno nuevo, que sea a través de un auténtico consenso, sin exclusiones de ninguna clase o especie, para no incurrir nuevamente en los estados de zozobra que una vez más sufre nuestro país, los que cada vez son más graves. La opresión no solo se manifiesta a través de las armas, también a través de las leyes.
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