Augusto Morales

Las voces del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Gerardo Botero Zuluaga, vertidas en declaración dada hace algunos días a ‘El Espectador’, están muchas de ellas, por supuesto, llenas de sensatez, algunas de las cuales no han sido ajenas a esta misma columna.
Es indiscutible la salud que le daría a la rama judicial la implementación de la carrera administrativa hasta las altas Cortes. En Francia como en España, por ejemplo, Estados de los cuales el nuestro se ha nutrido de tantas instituciones jurídicas, prevalece el mérito en juzgados y tribunales ordinarios y de lo contencioso administrativo en toda la jerarquía, con una previa formación rigurosa en sus Escuelas de formación judicial tal como lo viene aprendiendo nuestro país; la eliminación de la figura de la ‘puerta giratoria’, tampoco podría tener discusión; que las Cortes no sirvan de aprovechamiento como ‘trampolín’ para otros altos cargos de la república, originado quizá en apoyos que pudieran generar algún tipo de suspicacias, resulta apenas elemental; que haya un mecanismo legal (no reglamentario) para destrabar elecciones de magistrados, etc., son todos, asuntos muy importantes, desde luego, pero no dejan de ser eminentemente burocráticos. Lo que así mismo hay que cranear y establecer, es cómo dispensar una justicia expedita al ciudadano, y cómo acercar realmente a éste al aparato judicial, así cómo traer la fórmula definitiva que someta verdaderamente a las autoridades y particulares al imperio de la legalidad, cuya inobservancia es la fuente de congestión judicial.
Lo que sí me separa y preocupa es la publicidad que le dio a la elección de un dignatario, que, a mi juicio, es del exclusivo resorte interno de la alta corporación de justicia. Y afirmarse que un alto funcionario del ejecutivo nacional influyó en la elección del presidente de esa Corte, no solo es muy grave, pues esa supuesta intromisión no solo constituye una afrenta a la dignidad de los magistrados, sino porque hace pensar que entonces se puede comprometer también su independencia judicial, afectándose así aún más el nombre de esa jerarquía, y el de todas las demás instituciones de la justicia. De confirmarse que en la escogencia mencionada hubo injerencia de una ministra, tampoco sería entonces desdeñable admitir que eso mismo ha dado pie para que el señor Presidente haya cuestionado reciente una providencia penal, intervención infortunadamente lamentable que no ha debido ocurrir.
El respeto a la independencia de las ramas del poder público -legado francés-, está consagrado en el artículo 113 de la Constitución nacional, lo que no representa un simple enunciado sino una magna obligación de su observancia por todas las autoridades públicas; mal haría la rama judicial en fustigar las decisiones propias del gobierno nacional, o cuestionar una ley, pues ello sería invadir la órbita de los otros poderes, lo que no acepta nuestra organización estatal.
Así, con valentía, el magistrado de la Corte Suprema ha señalado públicamente graves problemas endémicos que afectan a parte de la estructura de la rama judicial; pero no así debe actuarse cuando se trata de asuntos internos que solo atañe solucionarlos al propio órgano judicial; de lo contrario, se corre el riesgo de seguir afectando la buena imagen que debe rodear a la justicia colombiana.
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