El transportador Álvaro García, quien trabaja como independiente para varias editoriales de Manizales y Medellín, dice que si siguen pagando tantos impuestos le va tocar "tirar la toalla".
Su dolor de cabeza es por cuenta de la actual Reforma Tributaria, que exige con mayor rigurosidad que el pago de seguridad social para los trabajadores independientes se haga teniendo en cuenta el monto del contrato. Es decir, si don Álvaro presta varios servicios esporádicos, por cada contrato debe presentar el pago, así sea solo en una ocasión.
Jorge Iván Orozco, presidente del Centro de Contadores de Caldas (Cedeconta), explica que la norma siempre ha regido, pero que la reciente Reforma pone en cintura a las empresas, pues no solo deben seguir vigilando que sus contratistas paguen la seguridad social, sino que de no cumplirse este requisito, el Estado no les reconocerán a las compañías estos pagos como gastos, y los impuestos aumentarán.
El problema para don Álvaro, según explica, es que aunque en una empresa, por ejemplo, le pagan $10 millones, el 60%, es decir $6 millones, los gasta en los insumos para los viajes y en el pago de quienes le colaboran. A pesar de esto, el señor deberá pagar la seguridad social teniendo en cuenta el monto total del contrato y sobre la base del 40%, es decir, $4 millones. De esa base, los aportes a salud representan el 12,5%, los de pensión, el 16%, y los de Riesgos Laborales dependen de la actividad que realice (0,522%, 1,044%, 2,436%, 4,350% o 6,960%).
"Muy complicada la situación, porque yo ya pago salud aparte, pues estoy pensionado, pero entonces tener que pagar por cada contrato es difícil. Además el monto que facturo no es el que me queda a mí. Les tengo que pagar a quienes subcontrato y me gasto mucha plata en los viajes a Medellín, que son diarios", explica el señor.
Dice que en una empresa los contratos han seguido sin el requerimiento, pero en otra ya le solicitaron el comprobante de pago de la seguridad social.
Según información de la DIAN en Manizales han recibido varias quejas de parte de las empresas y de los independientes, pese a lo cual es poco lo que pueden hacer, pues así lo estipuló la Reforma.
Pese a que hoy la exigencia es mayor, la Ley que estableció este pago fue la 1122 del 2007 y el art. 23 del Decreto 1703 de agosto de 2002.
Además, y de acuerdo con la Ley 100 de 1993, en ningún caso el ingreso base de cotización que se use podrá ser inferior a un salario mínimo mensual ($589.500 para este año) ni superior a los 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($14 millones 737 mil 500).
Así, por ejemplo un contratista que le pagan $400 mil queda obligado a cotizar como mínimo sobre $589.500. Si se le pagan mensualmente $2 millones quedaría obligado a cotizar como mínimo sobre el 40% ($800.000), aunque puede usar voluntariamente una base superior si lo desea.
Por el contrario, en caso de que el contrato supere los 25 salarios, y le paguen $37 millones mensuales, por ejemplo, el 40% sería $14 millones 800 mil, pero solo se puede cotizar sobre $14 millones 737 mil 500.
Sin duda, para Jorge Iván Orozco, el nuevo requerimiento es incómodo y molesto, por lo que se convierte en un obstáculo para contratar. "La reforma puso en cintura a los trabajadores que en muchos casos tienen que hacer varios aportes y ven disminuido su ingreso. Sin embargo, es justo que si se recibe un pago se aporte al Estado para la seguridad social, pues se convierte en una gran carga para el país".
Por ahora, la mayoría de empresas se empiezan a acomodar al requerimiento en busca de disminuir su impuesto a la renta. Entre tanto, los trabajadores como don Álvaro creen que de esta manera se vuelve casi imposible ser independiente.
900.000 empleadores del país evaden los aportes al sistema de protección social, lo cual representa $11,2 billones al año. Este monto indica que cada empresa, por lo menos evade el pago de prestaciones de un empleado, según la directora de la Unidad de gestión pensional y parafiscales (Ugpp), Gloria Inés Cortés.
Los trabajadores independientes también hacen parte de los evasores al servicio. En total son 835 mil que ganan más de dos salarios mínimos y no aportan al sistema. De esa cifra, 451 mil son omisos, 181 mil, morosos y 203 mil, inexactos.
"Para la procedencia de la deducción en el impuesto sobre la renta de los pagos realizados a las personas mencionadas (las personas naturales cuyos ingresos no provengan de una relación laboral, o legal y reglamentaria), el contratante deberá verificar que el pago de dichas contribuciones al Sistema General de Seguridad Social se esté realizando en debida forma, en relación con los ingresos obtenidos por los pagos relacionados en el contrato respectivo, en los términos del artículo 18 de la Ley 1122 del 2007...".
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones y Políticas de privacidad de LA PATRIA S.A.
Todos los Derechos Reservados D.R.A. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Reproduction in whole or in part, or translation without written permission is prohibited. All rights reserved 2015