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¿Usted sabe qué es el Registro Único de Proponentes (RUP), para qué sirve y quiénes deben cumplir con ese requisito?
NEGOCIOS consultó a la Cámara de Comercio para despejar esas dudas y explicarles qué deben hacer.
El RUP
Este es un registro de creación legal que solo realizan las cámaras de comercio del país y con base en este el Estado hace sus consultas, para verificar quiénes cumplen con los requisitos a la hora de contratar a través de licitación pública.
Quiénes deben registrarse en el RUP
De acuerdo con Sandra María Salazar, directora de la Unidad de Registro de la Cámara de Comercio, el RUP es una obligación para todos aquellos que deseen contratar con el Estado
Fechas y plazos
Este registro debe hacerse ante las cámaras entre el primer día hábil del año y el quinto día hábil de abril. Este año, el plazo venció el pasado 9 de este mes. Sin embargo, quienes no hayan renovado su RUP, aún pueden cumplir con esa obligación. Para ello deben efectuar una inscripción nueva.
Cómo se hace el registro
El formulario se debe diligenciar en la página de la Cámara de Comercio www.ccmpc.org.co y tiene un costo de $431 mil.
Cuántos registros hay
El reporte de la Cámara indica que el balance de renovaciones este año fue positivo, pues creció en un 235% comparado con el 2014. Se pasó de 133 renovaciones a 446.
Qué objeciones hay
La crítica de ingenieros civiles como Jesús Augusto Correa, es que si bien el RUP es un requisito que se debe cumplir, generalmente las licitaciones públicas están casi definidas para que no todos tengan igualdad de condiciones. "En materia de contratación pública, en el país retrocedimos 20 años", señaló.
Agregó que de acuerdo con la normatividad el registro debe de servir para que en los estudios previos se fijen parámetros de selección que guarden armonía con la realidad del sector. "Lamentablemente los indicadores que se pueden tomar del registro de proponentes vienen siendo aprovechados por los mandatarios para hacer pliegos de sastre, poniendo en las licitaciones condiciones que pocos cumplen", criticó.
Qué ventajas hay
La Cámara de Comercio resalta que este sistema es muy valioso porque los interesados cumplen con la obligación y de esta manera se aporta a la transparencia en la contratación pública. Otros contratistas también valoran este sistema, ante las opciones que se abren y las posibilidades que los tengan en cuenta a la hora de contratar.
Efectos de no suscribirse
La cámara de Comercio explicó que quienes no renovaron su registro hasta el pasado nueve de abril quedan bajo las condiciones de "cese de efectos de suscripción", lo que significa que se cancela el registro en la entidad, y la Cámara no podrá acreditar al proponente que estaba en sus bases de datos. "No obstante, las empresas o personas pueden solicitar su registro nuevamente como la primera vez y no tendrán que espera hasta el próximo año", explicó la directora de la Unidad de Registro al reiterar que es una obligación anual.
Soportes
Estos son algunos de los documentos que debe presentar la empresa o persona interesada en registrarse:
* RUT del proponente.
* Copia del documento de identidad del proponente persona natural.
* Certificación del tamaño de la empresa.
* Copia del documento de identidad del contador público o revisor fiscal que firma las certificaciones.
* Copia de la tarjeta profesional del contador público o revisor fiscal.
* Certificación de la Junta Central de Contadores, con fecha de expedición inferior a 2 meses.
* Anexar certificación en la que conste que se encuentra al día en sus obligaciones laborales, relacionadas con Planilla Única de Aportes al Sistema de Seguridad Social.
Capacidad financiera
El proponente debe presentar los siguientes documentos:
* Activos fijos.
* Otros activos.
* Valorizaciones.
* Activos totales.
* Pasivo corriente.
* Pasivo largo plazo.
* Pasivo total.
* Patrimonio neto.
* Pasivo + patrimonio.
Información contable
* Cuando se trate de personas naturales obligadas a llevar contabilidad, deberá anexar copia de la información contable del último año exigida por las normas tributarias
Certificación de valores e indicadores
La cámara de Comercio explicó que para el caso de las personas naturales, no están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con la normatividad vigente. Deberán anexar certificación de un contador público donde consten lo valores e indicadores requeridos para soportar la capacidad financiera. En caso de estar obligados a llevar contabilidad, deberán anexar certificación de contador público o revisor fiscal, según sea el caso. Estas certificaciones son obligatorias.
Experiencia
El formulario virtual también de la oportunidad de anexar la historia laboral o contratista de la empresa.
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