Las opiniones sobre qué tipo de régimen pensional conviene más siguen siendo diversas y, en ocasiones, se tornan contradictorias. Cada vez que un usuario acude a un asesor, ya sea del Régimen de Ahorro Individual o el de Prima Media, encuentra respuestas distintas, por lo que la incertidumbre sobre la pensión ronda a los trabajadores.
Según explica Carlos Díaz, gerente de TG Consultores expertos en soluciones de pensiones, para definir el régimen más adecuado no hay un solo criterio, sino que se deben revisar variables de la vida laboral de cada persona como: edad, tiempo laborado, identificar si es del sector público o privado, además de las características de las dos líneas de ahorro.
Esto teniendo en cuenta que, por ejemplo, a personas con derecho a Ley de transición (que aplican leyes anteriores a la Ley 100 de 1993) en la mayoría de los casos les convendrá más la Prima Media, pues pueden pensionarse con edades menores a las normas generales y con mayores montos.
Les convendrá más un fondo privado de pensiones a personas que cuenten con un bono pensional calculado con salarios altos (entre 10 y 20 salarios mínimos), ya que el capital ahorrado será suficiente para obtener una pensión de alguna manera equiparable con la que se obtendría en el Régimen de Prima Media.
En el caso de personas que cotizaron menos de las semanas requeridas en Prima Media, pero que se trasladaron a fondos privados y contaban con salarios de máxima categoría a junio de 1992 (fecha estipulada del salario con el cual se calculan los bonos pensionales), logran obtener capital suficiente para lograr una pensión en la AFP.
Para aquellos que solo tienen derecho a indemnizaciones sustitutivas de pensión es siempre más alto el monto de devolución a adquirir en el Régimen de Ahorro Individual.
"Los anteriores son algunos ejemplos que hacen que la decisión de estar en uno u otro régimen sea totalmente personal y no pueden tomarse decisiones teniendo como referentes a otras personas con características similares que les haya ido mejor o peor", afirmó Enrique Chaverra, vicepresidente de TG Consultores.
Según datos del Ministerio de Trabajo, en Colombia hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7,7 millones aportan de forma activa al sistema general de pensiones. En este momento la cobertura que tiene cada régimen está en una proporción 50% 50%.
"Digamos que lo primero por tener claro es que a cada uno nos conviene algo diferente. Depende de la edad, del salario, si tiene o no bono pensional, también de la expectativa de vida, de cómo está conformado el núcleo familiar", explicó Díaz en entrevista con NEGOCIOS.
Hay varias inquietudes entre los ciudadanos, que no saben qué se ajusta más, si estar aportando en los fondos privados o cotizar en Colpensiones. Para ampliar el panorama y ayudar a aclarar las dudas, el gerente de TG
Consultores explica las principales características de cada uno:
* Hasta el 2014 la edad para pensionarse es dos años menos en comparación con los fondos privados. Para las mujeres es de 55 años y para los hombres, 60 años.
* Las semanas mínimas requeridas son 1250, que a partir del 2015 deberán sumar 1300.
* La pensión no depende del ahorro, sino del promedio salarial de los últimos 10 años cotizados.
* La demora en los trámites del reconocimiento de las pensiones y el manejo de la información, es decir, la historia laboral. Sin embargo, al parecer, esta demora no se da en todos los casos
* No es un régimen autofinanciado, es subsidiado para todos los cotizantes.
* La posibilidad de pensionarse anticipadamente, antes de la edad obligatoria, si tiene el capital que se requiere.
* Tener derecho a que su dinero ahorrado no se pierda en el caso de que muera el cotizante. El capital se le otorga a la familia. (De acuerdo con lo que diga la ley).
* Se pensionan dos años más tarde. la edad en mujeres es de 57 años y en hombres de 62.
* Además, se debe tener un capital mínimo de $150 millones.
* El valor de la pensión depende del ahorro que se haya hecho y del bono pensional. Si los dos son altos, se tendrá una mesada alta.
* El problema es que la capacidad de ahorro en Colombia es baja, ya que no hay suficiente empleo de calidad.
Carlos Díaz, gerente de TG Consultores, recomienda conocer muy bien las características de la historia laboral de cada persona antes de decidir en qué régimen pensional cotizar. Estos son los consejos del experto:
* Asesorarse antes de cometer un error, pues las condiciones de cada persona son distintes.
* Tener en cuenta que a 10 años de cumplir la edad para pensionarse no se puede trasladar de régimen.
* Leer muy bien la documentación y las leyes, pues en ocasiones los asesores guían al cliente a su entidad, y no porque sea la opción que más le convenga al usuario.
* Definir qué es lo que más me conviene. Si estuvo en Colpensiones y ahora está en un fondo analizar bien si se puede regresar a la primera, pues las pensiones del fondo son más bajas.
* Si se está en fondo privado hay varias modalidades, por lo que se debe analizar cuál le conviene, si la renta vitalicia o el retiro programado.
* La renta vitalicia es una pensión que administra la aseguradora y que aumenta cada año con el IPC (Índice de Precios al Consumidor) sin importar cómo le va a la economía, aunque la pensión es cerca de un 10% más baja.
* El retiro programado es una pensión que da el fondo privado y que se puede reliquidar anualmente. Es decir, se determina si le pueden subir la pensión, mantenerla o disminuirla. Puede pasar que con el paso de los años se haya disminuido de manera considerable su mesada.
* Según el experto, el mayor problema en este momento es que a muchas personas no les aparece algún tiempo trabajado en la historia laboral de Colpensiones.
* La recomendación es que antes de presentar la solicitud debe revisar que la historia laboral esté completa.
* La obligación de las empresas es afiliar a sus empleados a seguridad social, pero en la medida de lo posible asesorarlos para que no cometan errores.
* Para definir el régimen no solo se debe pensar en la vejez, se debe prever la invalidez o la muerte. Analizar qué porcentaje me cubre sobre lo que se está cotizando.
* Por esto, se aconseja que los trabajadores independientes también coticen a pensión, pues no hacerlo se puede convertir en un problema en el futuro. Qué pasará con el núcleo familiar si el responsable de este muere o queda inválido.
* En este caso, la diferencia entre los dos regímenes es que si fallece el cotizante en Colpensiones tienen derecho a recibir la mesada los esposos e hijos menores de 25 años si están estudiando, o los padres si el fallecido es soltero. En los fondos de pensiones el ahorro se convierte en una herencia y lo pueden recibir otros integrantes de la familia.
¨Es importante que, independiente del régimen pensional que elijan, las personas empiecen a cotizar. No olvidar que se debe revisar con frecuencia los reportes de las semanas cotizadas, para evitar más adelante pérdida de información y cerciorarse de que el empleador sí está pagando los aportes¨. Enrique Chaverra, vicepresidente de TG Consultores.
Según la Superintendencia Financiera, en el Régimen de Prima Media, a marzo del 2013 los afiliados activos corresponden a 2 millones 82 mil 305, mientras que los inactivos están en 4 millones 450 mil 201
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