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De acuerdo con Rubén Darío Cardona Gómez, jefe del punto de contacto de la Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales (DIAN), en la sede del barrio la estrella de Manizales, las personas naturales, jurídicas y los grandes contribuyentes deberán rendir tributos ante la DIAN.
Prepare su bolsillo y agéndese para cumplir con estas obligaciones tributarias en el 2015.
A continuación, los principales impuestos por los que debe responder.
Personas naturales
Declaran renta, con base al año gravable inmediatamente anterior
* Si los ingresos fueron superiores a $38 millones 479 mil.
* Si el patrimonio es de $123 millones 682 mil 500.
* Si los consumos ascienden a $76 millones 958 mil.
* Si las consignaciones bancarias alcanzan los $123 millones 682 mil 500.
Vencimientos
Entre el 11 de agosto y el 21 de octubre. Las fechas dependen de los dos últimos dígitos del nit o cédula.
Para personas naturales debe clasificar si es trabajador, cuenta propia o realiza otra actividad. Eso es determinado de acuerdo con los ingresos.
* Empleado: 80% de sus ingresos son por salario.
* Cuenta propia: si tiene alguna actividad del artículo 1340 del Estatuto Tributario.
* Otros: si no cuenta con los dos anteriores requisitos.
Personas jurídicas y grandes contribuyentes
* Grandes contribuyentes son notificados por resolución de la DIAN, dependiendo de su patrimonio e ingresos.
Vencimientos
- Grandes contribuyentes:
Primera cuota entre el 10 de febrero y el 23.
Segunda y declaración: 14 de abril y el 27.
Tercer 210 de junio y el 24
- Personas jurídicas
La primera cuota y la declaración será entre el 14 de abril y el 27.
La segunda cuota será entre el 10 y el 24 de junio.
Obligaciones bimestrales, cuatrimestrales o anuales.
*Presentar el Impuesto de Valor Agregado (IVA). Las personas jurídicas que por sus topes pueden ser bimestrales, cuatrimestrales o anuales.
- Bimestral: Grandes contribuyentes o personas jurídicas con ingresos superiores a $2 mil 528 millones 620 mil. Las personas que tienen bienes exentos están en el Artículo 477 del Estatuto Tributario.
- Cuatrimestral: Quienes hayan obtenido ingresos entre $412 millones 275 mil y $2 mil 528 millones 620.
- Anual: quienes tengan ingresos hasta los $412 millones 275 mil.
Dato
Una Unidad de Valor Tributario (UVT) es igual a $27 mil 485
Impuesto nacional al consumo
De acuerdo con la Ley 1607, se implementó el Impuesto nacional al consumo, que tendrán que pagarlo los restaurantes, bares, cafeterías, expendios de licores y bebidas. Las personas naturales son las únicas que pueden estar dentro del régimen simplificado en este impuesto.
Beneficios
De acuerdo con la Ley 1739 en el parágrafo 4 del artículo 56, recibirán el beneficio de no cobro de intereses de mora si los contribuyentes se acercan voluntariamente ante la DIAN para declarar o corregir sus declaraciones. Es decir, que si pagan el ciento por ciento de sus tributos, antes del 27 de febrero, quedarán exentos de pagar los intereses por mora.
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