COLPRENSA | LA PATRIA MEDELLÍN
Por segunda vez en menos de un mes, el Tribunal Administrativo de Antioquia anuló una norma municipal que prohibía la minera de metales en Jericó (Antioquia).
La decisión del freno a la minería se había aprobado el pasado 8 de junio en el Concejo Municipal, por seis votos contra cuatro, con el fin de proteger el patrimonio arqueológico y cultural, limitando las labores de la multinacional AngloGold Ashanti, que desde hace 12 años realiza labores de exploración en la zona de Quebradona.
Ante esta y determinaciones similares en otros ocho municipios de Antioquia, el Secretario General del Departamento solicitó al Tribunal Administrativo pronunciarse sobre la validez de dichos acuerdos.
El pasado 20 de noviembre, en su primera decisión, el tribunal tumbó lo acordado en Urrao.
El 24 de noviembre, Jorge Andrés Pérez, alcalde de Jericó, insistió en la validez de la determinación del Concejo, por considerar que representaba el sentir de los habitantes del municipio, aunque no ocultó su preocupación por los efectos jurídicos de los sucedido.
Por esa misma época, el gobernador Luis Pérez fue enfático en afirmar que la decisión también aplica contra las decisiones de los otros concejos, por lo que el camino para prohibir la minería es otro.
“Lo que dice la ley es que se pueden hacer consultas populares y que se podría hacer una modificación al Plan de Ordenamiento Territorial para definir qué zonas son dedicadas o no a la minería”, apuntó.
En una reciente entrevista con LA PATRIA, el viceministro de Minas, Carlos Andrés Cante Puentes, sostuvo que las consultas previas tienen que revisarse y determinar si esa es la opción para que varias actividades en el país sean prohibidas. Planteó otras opciones como la formalización y el acuerdo con las comunidades para una mejor explotación.
El Concejo del municipio de Urrao expidió el Acuerdo 008 del 26 de agosto de 2017, que dictó medidas para la defensa del patrimonio arqueológico y cultural del territorio. Por esta razón el Secretario General del departamento de Antioquia solicitó al Tribunal Administrativo pronunciarse sobre la validez de dicho acuerdo.
Según el demandante, el Concejo municipal no tenía la competencia para establecer los usos del suelo y determinar las áreas protegidas, asumiendo prohibiciones que le corresponden al legislador.
El Concejo prohibió la realización de actividades mineras de metálicos y gran y mediana minería de los otros minerales. “En virtud de lo dispuesto no se podrán adelantar actividades de prospección, exploración, construcción, montaje, explotación y transformación de metálicos”, quedó suscrito en el acuerdo del Concejo.
Sin embargo, el alto Tribunal decidió declarar la invalidez del acuerdo, “por vulnerar normas constitucionales y legales, toda vez que se extralimitó, al no respetar los parámetros establecidos en norma legal, y prohibió una actividad que es de interés nacional y de bienes que pertenecen al Estado”.
La orden de la Corte Constitucional de efectuar una consulta previa con los miembros de la comunidad indígena y afrodescendiente de Marmato (Caldas) les hace pensar a los mineros tradicionales que tendrán el camino despejado para seguir explotando la parte alta del Cerro El Burro. Según Rubén Darío Rotavista, presidente de Asomitrama, la Corte entendió que en el municipio hay una vulneración de los derechos.
Sin embargo, los mineros reconocen que de tener ese aval, el siguiente paso es mejorar las condiciones de seguridad. "Aunque no les guste a muchos, el objetivo es que los mineros paguen seguridad social y tengan condiciones dignas de trabajo", resaltó.
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