
COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
El próximo martes Colombia conocerá el nombre del nuevo Procurador General de la Nación, elegido en un proceso que no ha estado exento de críticas de unos sectores y de manifestaciones de satisfacción de otros. En todo caso, analistas que provienen de ambas orillas coinciden en que la reelección de estos funcionarios debería desaparecer del ordenamiento jurídico colombiano.
Otro aspecto que ha provocado la confrontación de puntos de vista es que los tres candidatos no hayan tenido el mismo tiempo para exponer sus ideas y propuestas frente a sus electores (los miembros del Senado de la República), lo que, para algunos, ha dado una clara ventaja a las aspiraciones reeleccionistas del actual Procurador, Alejandro Ordóñez.
Por esa razón hay quienes, incluso, advierten vicios de procedimiento que más adelante pueden constituir elementos importantes en una eventual demanda contra la elección. Otros, en cambio, aseguran que la diferencia de momentos en que se conocieron los integrantes de la terna es un factor accidental que no compromete la legitimidad del proceso.

Lo cierto es que mientras que a Ordóñez lo propuso la Corte Suprema de Justicia el 30 de agosto pasado (cuando ya llevaba incluso varios días en campaña) y a Orlando Gallo Suárez lo postuló el Consejo de Estado el 25 de septiembre, casi un mes después, a la magistrada del Consejo Superior de la Judicatura María Mercedes López la propuso el presidente de la República el 30 de octubre, dos meses después de Ordóñez.
Esa marcada diferencia, que da origen al debate, no es significativa, por ejemplo, para Hernando Yepes Arcila, exconstituyente, exmagistrado de la Corte Suprema, expresidente del Consejo Superior de la Judicatura y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Javeriana.
Según él, es una consecuencia natural de que la Constitución no confíe la conformación de la terna a un solo órgano, como suele ocurrir en otros casos. La situación, de acuerdo con Yepes, expone a la realidad de que eventualmente un órgano con capacidad de postular un nombre se retrase con relación a todos los demás.
“En este caso fue visible la tardanza del presidente, pero el hecho de que entre la primera postulación y la última haya un lapso para nada deteriora valores constitucionales o políticos que debieron ser tomados en consideración”, asegura el jurista.

Orlando Gallo Suárez, candidato del Consejo de Estado.
En cambio, Gloria María Borerro, vocera de Elección Visible, una coalición de 13 organizaciones de la sociedad civil que hace seguimiento a los procesos de nominación y elección de magistrados de las Altas Cortes y otros altos dignatarios de la justicia, asegura que hay que corregir y reglamentar ese proceso de selección. “Se necesita un decreto para que el presidente se autorregule, y se necesita modificar los reglamentos internos del Consejo de Estado y de la Corte Suprema para que las ternas salgan en un periodo determinado, o sea, en el mismo momento y se les dé la misma igualdad a los tres candidatos”, sostiene Barrero.

María Mercedes López, candidata del presidente de la República.
El exmagistrado de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández cree que sí debería contemplarse una norma en cuya virtud todos los candidatos estuvieran a la misma altura, tuvieran las mismas posibilidades y se encontraran en igualdad de condiciones frente a la posible elección. “Es decir, no favorecer a alguno con ventajas ni desfavorecer a otros con desventajas”, puntualiza.
Ante la eventual presencia de vicios en la elección del Procurador, derivados de la diferencia de tiempos en que fueron presentados los tres candidatos, y que después pudieran ser elementos de una demanda contra el proceso, Yepes sostiene que por lo menos desde ese punto de vista no hay ningún vicio. “Es un accidente independiente de la voluntad de los candidatos y también de los electores (senadores), porque proviene del distinto momento en que cada órgano habilitado para nominar hizo su propia actuación”, explica. “Es una interesada exageración que se ha querido hacer ver como un defecto del procedimiento, que no es tal”.
“Si uno considera la verdadera naturaleza del proceso en que estamos, verá que el momento en que aparece cada candidato no es significativo. Es más: el mejor candidato puede ser el último que aparezca y eventualmente ha ocurrido así en varias oportunidades”, añade.
En otra dirección apunta el criterio de Borrero, para quien varias situaciones de esta elección son demandables. “Ya las han demandado algunas organizaciones, como que los magistrados no se hayan declarado impedidos cuando tenían familiares en la Procuraduría, lo cual hace que haya un vicio en el procedimiento”.
Hernández, a su turno, explica que lo que propone es que esas normas se establezcan. “Pero a la luz de las normas actuales no hay ningún término para que el presidente formule su candidato ni tampoco para que lo haga la Corte Suprema o el Consejo de Estado. De modo que no creo que a este proceso le podamos aplicar unas normas que todavía no se han expedido, y que sería bueno, de todas maneras, que se expidieran, pero para casos futuros”.
Un aspecto en el que coinciden los analistas es el de reformar la reelección del procurador, aunque con algunos matices.
Para Gloria María Borerro “debe haber una reforma constitucional porque no puede existir reelección para esos cargos en los organismos de control”. Agrega que en este caso todo empezó mal porque “la Corte Suprema no hizo ningún proceso transparente ni una inscripción pública”.
La vocera de Elección Visible sostiene que ese alto tribunal “simplemente eligió a Ordóñez como su candidato y lo hizo muy rápidamente. Empezó también mal porque inmediatamente elegido, sin que se conocieran los otros ternados, varios partidos políticos empezaron a decir que iban a votar por él. Está mal desde el principio y no se ha logrado dar el mismo tratamiento igualitario a las partes”.
Y es que se puede afirmar que Ordóñez llega con todas las ventajas, pues además del tiempo que tuvo para hacer antesala con los senadores, mucho mayor que el de sus competidores, ya logró el apoyo de cuatro partidos clave por sus mayorías: Liberal, Cambio Radical, Conservador y La U.
El exmagistrado Hernández agrega: “sin aludir al caso actual, creo que, en general, la Constitución debería prohibir toda reelección: procurador, defensor, presidente y vicepresidente de la República. Todas las reelecciones deberían se prohibidas porque la figura es supremamente dañina y ocasiona todas estas distorsiones”.
Insiste en una reforma constitucional para, primero, prohibir las reelecciones, y segundo, establecer que la postulación de candidatos se haga de manera que todos queden en igualdad de condiciones, de tiempo, del mismo nivel, de la misma categoría. “Los que participen como electores o postulantes no deben tener vínculos de orden laboral, familiar o en una relación con el postulado. Debe haber una total independencia en la postulación y en la elección”, advierte.
El jurista Yepes Arcila, aunque declara que no le gusta ninguna reelección, plantea que estas reformas deben ser meditadas. “Como decían los pensadores clásicos: sin cálculo y sin emociones. Deben ser estudiadas en un ambiente sereno en el que se miren las experiencias del pasado y el contenido de las normas, la dinámica que generan en este tipo de funciones de provisión de altos cargos del Estado. En este momento ese debate no es sereno ni objetivo. Tiene siempre una motivación política que predomina o que, por lo menos, está en el trasfondo”.
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Así será la elección
*Con la elección del procurador General de la Nación el Senado cumple con un función fundamental: la electoral, que es tal vez de las menos conocidas, como quiera que su quehacer principal es legislar.
*Al jefe del Ministerio Público lo escoge el Senado de tres candidatos que le envían la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el presidente de la República. La Comisión de Acreditación Documental del Congreso verifica que cumplan con los requisitos.
*El próximo martes la plenaria de esa corporación se reunirá para elegir, proceso que se logrará con la mitad de los votos más uno. Los tres candidatos deben estar presentes en la sesión.
*Aunque son 102 curules, tres están vacías por diversas razones. De ahí que serán 99 senadores los que participen, que garantiza que no habrá empate.
*La votación será nominal, pero no pública. La secretaría llamará a cada senador para que deposite su voto (un papel con el nombre de su elegido) en una urna. Después será nombrada una comisión para que cuente los votos.
*Luego del escrutinio, la comisión nombra al nuevo Procurador, y el mismo día le tomará el juramento.
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