
COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
El Consejo de Estado no admitió, para su estudio, una demanda que se había presentado en contra del uso de las armas Taser (descarga eléctrica) por parte de la Policía Nacional.
La demanda la presentó el personero de Bogotá, Ricardo María Cañón Prieto, en contra de la Resolución 02686 del 31 de julio de 2012 de la Policía que habilitó su uso.
No obstante, la demanda fue rechazada por no contar con todos los requisitos de ley, aunque el personero Cañón Prieto tiene 10 días hábiles para corregirla.
De acuerdo con Cañón, el uso de las pistolas Taser es un método de tortura que viola la Constitución y el Código Penal Colombiano.
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