COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
El Consejo de Estado estableció que el Instituto de Seguros Sociales (ISS) tuvo responsabilidad en los perjuicios causados a una paciente que luego de someterse a una intervención quirúrgica por sinusitis presentó una desviación en su ojo izquierdo.
Según un pronunciamiento de la Sección Tercera del alto tribunal, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, luego de la operación, que se realizó en noviembre de 1997 en Pereira, la mujer sufrió una parálisis del nervio motor ocular.
Dicha situación, establece el fallo, no solo le produjo daños físicos sino también mentales. “La paciente se siente incapaz de salir a la calle sola, por incapacidad secundaria para cualquier actividad; presenta deformación física en el rostro, por alteración de la estética, secundaria al estrabismo”, indica el pronunciamiento.
Asimismo, el tribunal de lo contencioso administrativo resalta que la situación le originó una alteración marcada en sus relaciones interpersonales “por disminución de la autoestima”. El fallo expresa que la hoja de intervención quirúrgica permitió conocer que la técnica empleada en la cirugía “no fue la más adecuada”.
Por último, resalta que se encuentra “plenamente establecido que la entidad demandada causó un daño del cual es responsable”, pues la intervención que se realizó a la paciente “no era la más adecuada”.
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