Bogotá. La Corte Suprema de Justicia determinó que el Icetex y el Ministerio de Educación le vulneraron los derechos de la estudiante Paula Sofía Carantón, quien cumplía los requisitos para ser beneficiara del programa ‘Ser Pilo Paga 2’, pero que por un error de digitación en su tarjeta de identidad se había quedado por fuera.
En un fallo de tutela conocido por COLPRENSA, la Corte estudió el caso de la estudiante que obtuvo el cuarto puesto a nivel nacional en las pruebas Saber 11 celebradas en agosto de 2015, con un puntaje de 403, el primero de su colegio.
Por ser un puntaje mayor a 318, ya tenía uno de los requisitos que exige el programa. No obstante, no figuró como elegible porque supuestamente no cumplía con el otro: tener un puntaje superior o igual a 57.21 en el Sisbén.
La familia argumentó que el documento de la menor estaba registrado de forma incorrecta en el Sisbén y que la actualización del mismo solo se dio el 18 de septiembre pasado, no obstante el Icetex y Mineducación le informaron que solo tendrían en cuenta esa actualización y no el hecho que la menor estaba en el Sisbén desde el 2011.
La Corte le dio la razón a la familia, asegurando que el error al ingresar los datos de Paula Sofía no podían endosarlo a ella, y además hizo un llamado de atención a dichas entidades por su actuación en el caso.
“Resulta evidente que a la joven interesada le están coartando la oportunidad de acceder a los beneficios del Gobierno, sin tener en cuenta que se encontraba afiliada al Sisbén desde el 24 de noviembre de 2011”, dice el fallo.
La Corte agregó que los funcionarios del Icetex y del Ministerio debieron evaluar las circunstancias específicas, para no restringirle la posibilidad a la estudiante de seguir con los estudios superiores a los que eventualmente tendría derecho “ignorando que se trata una persona con una difícil situación socio económica, cuya familia no podría sufragarlos en una institución de educación superior acreditada en alta calidad”.
“El Ministerio de Educación debió analizar el caso concreto planteado por la parte actora, pues aunque no es la entidad que determina si una persona debe ser beneficiaria de un auxilio educativo, lo cierto es que dentro de las funciones previstas en el Decreto 5012 de 2009, está entre otras, las de «velar por el cumplimiento de la ley y los reglamentos que rigen el sector y sus actividades», lo cual no hicieron, pese a que, se insiste, el Icetex de manera arbitraria dejó de tener en cuenta que la accionante ostenta la calidad de afiliada en el Sisbén”, señaló la Corte.
El fallo le da a ambas entidades un plazo de cinco días para verificar si hay lugar o no de concederle una beca a Paula Sofía. En este caso, días antes de conocerse este fallo y por acción de la Defensoría del Pueblo, se logró vincular a la estudiante a ‘Ser Pilo Paga 2’.
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