
COLPRENSA | LA PATRIA | BOTGOTÁ
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) creó el convenio 189, que reconoce la plenitud de los derechos para las empleadas domésticas. Son 27 artículos que, de acuerdo con el presidente de la Confederación General de Trabajadores (CGT), Julio Roberto Gómez, "han sido ratificados por el Congreso de la República y están a la espera de la sanción presidencial”.
El convenio se adoptó bajo el interés de todos los países que la suscriben y se concretó en Ginebra (Suiza), en presencia de los jefes de Estado y de 4 mil representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de los 183 estados miembros de la Organización.
En este pacto se estableció que los contratos de las empleadas deben ser verificables, claros y sencillos.
Oficio sin reconocimiento
Según Gómez, “actualmente en Colombia no se sabe cuántas empleadas domésticas hay, pero sí se tiene conocimiento amplio sobre las violaciones a sus derechos”.
Explicó además que a la mayoría de estas empleadas no les reconocen los horarios de trabajo, no les pagan seguridad social ni prestaciones sociales, tampoco la concesión de vacaciones y no les pagan las primas correspondientes; es decir, en muchos casos, según el dirigente sindical, laboran en condiciones de esclavitud.
Este convenio expresa el reconocimiento de los países y de la OIT a la contribución de los trabajadores domésticos a la economía mundial, quienes históricamente han sido reducidos y relegados, a pesar de la importante función que cumplen en el seno de aquellos hogares en los que prestan servicios y de su aporte a la economía productiva nacional.
Gómez indica que todo esto podría cambiar, pues ahora se abren puertas para que se respeten los derechos de asociación y negociación colectiva de estos trabajadores, evitando abusos y acosos; además, para abolir el trabajo infantil en los hogares y a que no haya discriminación.
El presidente de la CGT puntualizó que, ante la incredulidad de algunos, “este convenio tiene dientes y permite que los trabajadores denuncien y que sus denuncias sean escuchadas”.
Los contratos
En cuanto a los contratos para las empleadas o empleados domésticos, se debe fomentar que sean verificables, claros, sencillos y escritos con condiciones como la duración del contrato, tipo de labores, remuneración, forma de liquidación, periodicidad del pago, horario de trabajo, vacaciones anuales pagadas, suministro de alojamiento y alimentos, los pagos en especie, que deben ser limitados y justos, razonables y acordados con el trabajador.
El dato
Este tipo de trabajo es desempeñado en su mayoría por mujeres, niñas e inmigrantes, tres grupos de población que se destacan por su vulnerabilidad. En este sentido, se torna necesario que los países formalicen su ratificación al Convenio mencionado, lo cual permitirá su posterior entrada en vigor.
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