Colprensa | LA PATRIA
Argumentando razones de de “inconstitucionalidad e inconveniencia”, el presidente Juan Manuel Santos decidió no sancionar el proyecto de ley que vinculaba como trabajadoras formales del Estado a cerca de 55 mil madres comunitarias que prestan atención a los menores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
El siguiente es el comunicado de la Presidencia de la República:
Comunicado
Objeción Ley
Por motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia, el Gobierno Nacional decidió devolver el Proyecto de Ley No. 127/2015 Senado - 277/2016 Cámara, «Por medio de la cual se establecen lineamientos para el trabajo desarrollado por las personas que prestan sus servicios en los programas de atención integral a la primera infancia y protección integral de la niñez y adolescencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
1.El proyecto de ley es inconveniente en su integridad, ya que el artículo que regula la formalización de las madres comunitarias, FAMI, sustitutas y tutoras resulta contrario a la Constitución y genera un impacto fiscal de enormes proporciones. Así mismo, los artículos que desarrollan el subsidio a la vejez y la educación gratuita afectan seriamente la estabilidad de las finanzas públicas, el equilibrio macroeconómico y el principio constitucional de sostenibilidad fiscal.
2. Este Decreto-ley que implicaría la vinculación directa al ICBF en calidad de empleadas de las madres comunitarias, sustitutas y tutoras, le representaría erogaciones del orden de $769.748 millones anuales. El ICBF pasaría de tener 6.000 servidores públicos a 61.000.
3. Frente al subsidio permanente a la vejez de que tratan los artículos 5 y 6, se concluye que es innecesario en atención a que actualmente existe el subsidio pensional, pero adicional a esto, las madres comunitarias tienen acceso a los BEPS y al cálculo actuarial establecido para ellas por ley.
4. Porque las madres comunitarias y FAMI ya pueden acceder al programa de Beneficios Económicos Periódicos, a subsidios para el Fondo de Solidaridad Pensional y a realizar cotizaciones al sistema pensional bajo parámetros preferenciales con respecto al resto de la población trabajadora.
5. Sobre el derecho a la educación, el Gobierno Nacional considera que la capacitación y formación profesional de las madres comunitarias no ha dejado de ser una prioridad, como componente esencial de la Política Integral para la Atención de la Primera Infancia.
6. El ICBF ha suscrito convenios con universidades, en los cuales las madres comunitarias pueden recibir descuentos sobre el costo inicial de la matrícula y actualmente, se encuentran en proceso de profesionalización 1.163 de ellas.
Así mismo, a partir del Programa Técnico en Atención Integral a la Primera Infancia creado en el año 2007, a través de convenios marco con el SENA y Colsubsidio, hasta la fecha se han graduado en ese programa cerca de 30.000 madres comunitarias y otras 18.000 se encuentran en proceso de formación.
7. No obstante, es preciso aclarar que desde el año 2014, las madres comunitarias gozan de protección laboral mediante su vinculación con las entidades administradoras del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar, a través de contratos laborales, lo que genera las garantías mínimas previstas en la legislación laboral colombiana, contenidas de manera especial en el Código Sustantivo del Trabajo.
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