Bogotá. La Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó al exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), Jorge Noguera Cotes, pagar $177 millones a la Fiduprevisora S.A. ‘Defensa Jurídica Extinto Departamento Administrativo de Seguridad DAS y su Fondo Rotatorio’, por el despido injustificado de un funcionario de la extinta entidad.
La determinación del alto tribunal se dio luego de que catalogara la acción de Noguera Cotes como “desviación del poder”. Esto teniendo en cuenta que el exdirector expidió una resolución en la que declaró la vacancia del empleo por abandono del cargo que desempeñaba Rodolfo Enrique Benítez Quintana como investigador.
A juicio de la corporación, la resolución se dio luego de que el investigador fuese trasladado al departamento de Chocó, por haber denunciado irregularidades en la celebración de un contrato, que involucraban a altos directivos de aquella entidad.
“Denunció algunas irregularidades relacionadas con un contrato de compraventa de armas y munición celebrado con Indumil y, en tal sentido, afirmó que se declaraba inhabilitado para dar cuenta de su recibo a satisfacción”, dice la providencia.
Así las cosas, la corporación determinó que la acción del exdirector “no buscó el mejoramiento del servicio, sino que se evidenció la adopción de represalias por parte del representante legal de la entidad frente a una persona que, previamente, había denunciado irregularidades en la celebración de un contrato”.
Conocidos los hechos, el alto tribunal tuvo en cuenta los fallos emitidos por el fallo del juzgado y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ordenó el pago de 434 millones de pesos al exdetective por concepto de asignación básica, prima de clima, de riesgo, bonificación por servicios, prima de vacaciones, entre otras actuaciones.
Si bien, Noguera Cotes fue notificado de los fallos emitidos, el hombre no acató tales solicitudes, ni tampoco demostró que las acusaciones que hizo el investigador fueron falsas.
Bajo eso entendido, el alto tribunal consideró que el pago debe realizarse durante los próximos seis meses, luego de emitida la sentencia.
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