COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
Un punto controvertido de la reforma tributaria que sancionó el presidente, Iván Duque, el 27 de diciembre del 2019 fue el de tener tres días sin IVA al año, con el fin de generar una exención tributaria a los sectores económicamente más vulnerables de la población colombiana. Sin embargo, este año solo habrán dos de los tres que anunció el Gobierno.
Así quedó estipulado en la resolución reglamentaria que publicó ayer la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que entre otros puntos aclara que los meses definidos para esta iniciativa son julio, octubre y enero próximo, o sea en 2021.
Según explicó el director de la entidad, Jorge Andrés Romero, la idea es que se dé en días o meses que no sean temporada alta de comercio, por lo que esta herramienta servirá para reactivar la economía, aunque no se específico los días exactos en que funcionará, ya que se determinará unos días antes, para que la gente que quiera abusar de la norma, no tenga tiempo para desplazar consumo para esas fechas.
“La idea de esto es que sea un gana-gana para la administración, los comerciantes y los consumidores. Es decir que el comercio que tiene bajo flujo en fechas como enero, julio y octubre, pueda salir de sus inventarios ofreciendo unos precios muchísimo más baratos, de tal forma que las personas que normalmente no pueden acceder a estos bienes, lo puedan hacer", dijo Romero.
De acuerdo con el documento publicado por la DIAN esta iniciativa solo será válida para compras realizadas en establecimientos físicos y que manejen la factura electrónica, con el fin de que la entidad pueda monitorear los movimientos que hace cada ciudadano.
Vestuario, calzado, tecnología, elementos deportivos, juguetes y útiles son productos que estarían exentos de pago del IVA durante estas jornadas.
Opiniones
“Obviamente se van a generar algunos picos de actividad económica por el incentivo que se le genera al consumidor en el no pago de impuestos. Esa es una ley de la economía”, explica el abogado y economista José Roberto Acosta.
“Aunque el IVA es una parte fundamental de todo el recaudo, tres días sin IVA no van a modificar esa composición. En el fondo, esta medida no va a tener un efecto significativo sobre el recaudo total del Gobierno”, indica Isidro Hernández, economista e investigador de la Universidad Externado.
Para el experto, la coyuntura de este punto incluido en la Ley de Crecimiento Económico está en el consumo, que podría presentar un incremento en esos días específicos.
Frente a los resultados en materia comercial, José Roberto Acosta advierte que “serán los números los que demuestren si fue beneficiosa o no la medida”. Esto haciendo referencia a la relación coste-beneficio determinada por los porcentajes registrados en recaudo fiscal y los historiales de ventas.
Édgar Jiménez, economista experto en finanzas personales y docente en la Universidad Jorge Tadeo Lozano, considera que la medida “podría aplazar las decisiones de compra de los artículos que están establecidos en el decreto”. Jiménez añade que los tres días sin IVA no serían una novedad en materia de comercio, teniendo en cuenta que “ya varios almacenes y establecimientos de cadena proporcionan alternativas similares, solo que a nivel privado”.
Otro punto que más resaltan en el decreto referente a esta exención es que solo serán válidas las compras que se efectúen por medio de tarjetas de crédito o débito. Jiménez argumenta que esta condición se explica en la necesidad de evitar la evasión y dejar registrado el consumo de esos días.
“Las compras que se hacen con tarjetas siempre van a tener un historial, además de poder rastrearse. En cambio, es posible que las ventas que se realicen en efectivo no queden registradas”, puntualiza.
Sin embargo, José Roberto Acosta considera que este punto podría reflejar una preferencia por el sector bancario, pues aparentemente las condiciones para acceder a los beneficios de los tres días sin IVA beneficiarían significativamente a estas instituciones.
“Son los bancos lo que a través de esta exención van a recibir más comisiones. Puede que induzca favorablemente a la bancarización, pues todos querrán participar de esos días de evasión de impuestos. Y sin duda, los de mayor capacidad adquisitiva se llevarán una mayor tajada porque podrán consumir más que los de menor ingreso, motivo por el cual la medida tiene un sesgo regresivo desde el punto de vista del beneficio tributario”, concluye.
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