COLPRENSA | LA PATRIA
El nuevo Tribunal para la Paz que acordaron el Gobierno y las Farc permite que expresidentes, exministros y cualquier otro alto funcionario que haya participado de manera directa o indirecta con el conflicto armado podrá ser juzgado.
El ministro de Justicia, Yesid Reyes, así lo indicó: “cualquier persona que haya participado de manera directa o indirecta en un delito relacionado con el conflicto sería competencia del Tribunal especial”.
En diálogo con medios de comunicación, el jefe de la Cartera de Justicia explicó esta posibilidad de juzgamiento a altos funcionarios así como el funcionamiento de la jurisdicción especial para la Paz, que será distinta a la justicia ordinaria y que asumirá todos los procesos actuales de justicia transicional como Justicia y Paz.
En ese sentido, la creación del nuevo Tribunal implicará que otros organismos como la Corte Suprema de Justicia dejen de conocer procesos como los de ‘parapolítica’, pues recogerá todo lo relacionado con el conflicto armado en Colombia.
- ¿Qué es la jurisdicción de paz?
La encargada de juzgar conductas cometidas en desarrollo del conflicto armado, por todos quienes intervinieron en él de manera directa o indirecta e impondrá sanciones.
- ¿Exjefes de Estado, por ejemplo, si hay una relación con ‘falsos positivos’, podrían ser juzgados?
Cualquier persona dentro de las Farc, dentro de los agentes del Estado, dentro de la sociedad civil, que haya cometido un crimen durante el conflicto armado y en relación con el conflicto armado, es susceptible de ser juzgado por el Tribunal Especial.
- ¿Y el fuero presidencial?
Ese fuero existe en la jurisdicción penal ordinaria y no estamos hablando de la jurisdicción ordinaria sino de crear una jurisdicción especial, enfocada en justicia transicional, para el conflicto.
- ¿Álvaro Uribe puede ser denunciado?
El fuero que tienen todos los expresidentes no es un fuero que protege, es un fuero que es una virtualidad que permite que la investigación pueda ser realizada por una determinada persona. Pero, por supuesto, ningún expresidente ha estado nunca al margen de la Ley.
- ¿Cómo se darían esas investigaciones a funcionarios? ¿De oficio, por denuncia?
Los primeros insumos que va a recibir el Tribunal son investigaciones penales que actualmente esté realizando la Fiscalía General o sentencias que ya hayan sido dictados en casos que tengan que ver con el conflicto.
- ¿Y si esas sentencias tienen compulsas de copias?
Si tiene compulsa de copias, eso significa que se inició una investigación en alguna parte y esa alguna investigación sería un insumo importante también.
- ¿Qué pasa con las bandas criminales?
Esto no tiene nada que ver con ellos. Esto es una Jurisdicción Especial para la Paz relacionada con el conflicto armado. No tiene absolutamente nada que ver con las bandas criminales.
- ¿Y con el ELN?
El Eln no ha suscrito este acuerdo de tal manera que por ahora no es aplicable. Si eventualmente luego avanzar el proceso de paz con el ELN pues este sería un mecanismo al que se incorporaría.
- El fiscal dice que una Constituyente podría ser una posibilidad para agilizar la creación del Tribunal, ¿qué opina?
Lo que se ha hablado fue lo que presentó el Gobierno hace un par de semanas al Congreso (un nuevo acto legislativo para implementar acuerdos) y no está prevista allí una constituyente.
- ¿Qué va a pasar con el Marco Jurídico para la Paz?
Probablemente haya necesidad de ajustarlo en algunos puntos y para eso está el previsto el mecanismo que se anunció hace un par de semanas.
- ¿La restricción efectiva de libertad en qué consiste? ¿Será una finca, una granja?
Este acuerdo tiene las bases de la jurisdicción de paz y hace una diferencia entre lo que sería una restricción efectiva de la libertad y una privación de la libertad. Hay dos formas de reacción. Una primera para quiénes acepten tempranamente su responsabilidad los crímenes cometidos y allí funciona la restricción de la libertad, que será en un sitio donde van a tener restringida su libertad, van a estar vigilados, custodiados, facilitándoles la posibilidad de ejercer acciones de reparación.
Se reservó en el nombre de la privación de la libertad para aquellos casos en donde las personas reconocen tardíamente la responsabilidad y será entre cinco y ocho años. Y para quienes no la reconocen nunca y tienen que ser declarados responsables después de un juicio en su contra, hasta 20 años. Esas son penas alternativas ya.
- ¿El sitio es un edificio, un lugar, un municipio?
En este momento no hay detalles. Lo que está claro es que habrá restricción y privación de la libertad.
- ¿A qué se refiere con temprana y tardíamente? ¿De qué plazos estamos hablando?
Lo previsto es que el Tribunal recibiría inicialmente una información que viene de la Fiscalía y de la Rama Judicial, con sentencias ya proferidas e investigaciones en curso. Si alguien reconoce en ese momento la responsabilidad, es una aceptación temprana, que lleva a un régimen menos severo. Si, por el contrario, el aparato tiene que empezar a funcionar, entonces se considera que la aceptación de responsabilidad es tardía.
- ¿Cuántos magistrados tendrá y quién los elegirá?
Está pensado que sean 20. En principio serían personas colombianas con las calidades para ser magistrado de las Altas Cortes, expertos en derecho internacional humanitario, en derechos humanos o en resolución de conflictos y garantizando en todo caso representatividad por género, por ejemplo. Pero el mecanismo para elegir esos magistrados va a ser acordado entre las Farc y el Gobierno.
- ¿Solo colombianos?
Se deja abierta la posibilidad para una participación minoritaria de personas extranjeras.
- ¿Este tratamiento de penas incluye a la Cúpula de las Farc? ¿A Timochenko a ‘Iván Márquez’?
Así es y además todo el mecanismo de justicia está pensado no para juzgar absolutamente todos los hechos de los 60 años del conflicto, ni a todas las personas que intervinieron en este, sino casos representativos.
- Si una persona está implicada en crímenes atroces y acepta la responsabilidad, ¿irá a la cárcel?
Tendría restricción efectiva de la libertad si es tempranamente o privación de la libertad si es tardíamente. En ambos casos hay un juzgamiento, una declaración de responsabilidad y una sanción.
- ¿Cuándo empieza a funcionar todo esto?
Una vez se firme la paz.
- ¿Se entregan de una o esperan a que haya condena?
Ese tema, el procedimiento, está por definir.
- ¿Y los que están en las cárceles?
Todas las personas que han estado en el conflicto van a quedar bajo esta jurisdicción, por eso es importante que el Tribunal reciba las sentencias que ya se han proferido y las investigaciones en curso.
- ¿Eso incluye Justicia y Paz?
Así es. Los paramilitares podrían llegar incluidos en el sistema especial.
- En Justicia y Paz el organismo de cierre es la Corte Suprema, ¿acá qué pasa?
El Tribunal de Paz sería el único encargado de revisar las decisiones que se tomen dentro de la Jurisdicción.
- ¿Podría asumir los casos de ‘parapolítica’?
La idea es recoger todos los hechos del conflicto, hayan sido juzgados o no, así tengan condena o no. Se pueden revocar condenas con absoluta seguridad. Es el nacimiento de una nueva jurisdicción que va a suponer en la práctica que pierdan algunas competencias fiscales y jueces.
- ¿Incluye ‘falsos positivos’?
Incluye agentes del Estado que hayan intervenido directa o indirectamente en el conflicto.
- Si hay una persona purgando ya una pena más larga, ¿se puede acoger?
Sí.
- ¿Qué explicación tiene que la aplicación de la justicia en la guerrilla sea grupal y en casos de las FF.AA individual?
La responsabilidad finalmente será individual. Lo que ocurre es que la guerrilla si quiere hacer previamente una declaración de responsabilidad colectiva, lo puede hacer. Pero esto tiene que estar seguida de una individualización de responsabilidades.
- ¿Cuáles serán los delitos conexos con los delitos políticos?
Serán definidos por una Ley que será tramitada en el Congreso, de tal manera que ahora solo queda claro que delitos de lesa humanidad, genocidio o graves crímenes de guerra no lo serán.
- ¿Es asimétrico que guerrilleros sí tengan posibilidad de amnistía y los militares no?
Es un imposible jurídico. No pueden ser tratados exactamente igual.
- ¿No hay temor porque en el Congreso se termine ampliando o restringiendo lo pactado en La Habana?
Depende del mecanismo que se use en el Congreso para estos trámites.
- ¿Este mecanismo ya subsana cualquier posibilidad de una intervención de la Corte Penal Internacional?
Lo que se está creando es un Tribunal, una autoridad judicial, que estará encargado de juzgar conductas cometidas durante el conflicto armado y que va a tener la facultad de definir responsabilidades por esos crímenes y de dictar sanciones. Esta jurisdicción cobija a miembros de las Farc y agentes del Estado, de tal manera que todos los requisitos desde el punto de vista internacional para garantizar que habrá aplicación de justicia están dados y por consiguiente es un acuerdo que resiste cualquier examen internacional.
- ¿Quiénes no colaboren podrán ser expulsados de la justicia especial para la paz?
Importante. Todos los beneficios que se derivan de la jurisdicción especial está supeditados al cumplimiento de las obligaciones que se impongan, especialmente con víctimas, con obligación de decir la verdad, de reparar y de no repetición. Quién incumpla quedará por fuera.
- ¿Se ha pensado algo en el tema de reparación para evitar cuantiosas demandas contra el Estado?
Esta es una jurisdicción que está pensada para las víctimas y serán indemnizadas con independencia de las responsabilidades individuales que se determinen.
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