La Corte Constitucional estableció que a partir del 1 de julio de este año no se pagarán mesadas pensionales a congresistas y magistrados superiores a los 25 salarios mínimos mensuales, es decir, 14 millones 800 mil pesos.
Colprensa presenta un abecé de la decisión que tomó la Sala designada para este tema en la Corte Constitucional y que fue presentada por el magistrado Mauricio González Cuervo. Para efectos prácticos, un magistrado o un congresista que ostente actualmente una pensión de 20 millones, 25 millones, 30 millones o 18 millones de pesos recibirá desde julio de 2013, 14 millones de pesos.
- ¿Se caen las pensiones millonarias?
En adelante no se pagarán mesadas superiores a los 25 salarios mínimos legales vigentes que equivalen a cerca de 14 millones 800 mil pesos.
- ¿A quien aplica?
Vale para todo tipo de pensiones en desarrollo o aplicación de este régimen especial de congresistas y de aquellos servidores públicos a los que le resulta aplicables.
- ¿Qué pasa con los que ya tienen pensión?
Lo decidido por esta sentencia empieza a regir desde el primero de julio de 2013. Las autoridades encargadas del pago de las pensiones de estos servidores públicos no podrán pagar mesadas superiores a los 25 salarios mínimos.
- ¿Qué pasa con las pensiones mayores de ese monto que fueron adquiridas de forma fraudulenta?
El 31 de diciembre es un término que se les establece a los representantes legales de las entidades administrativos competentes para que realicen los procesos de revisión revocatorios o reliquidatorios de pensiones decretados con abuso del derecho o fraude a la ley.
¿Tienen que devolver dineros los magistrados y congresistas que reciben pensiones millonarias?
No. La Corte Constitucional ha considerado que las entidades que han liquidado estas pensiones y por supuesto los beneficiarios de ella, han procedido de buena fe y en el caso de estos últimos con arreglo a un principio de confianza legitima que hace que no haya por ningún motivo lugar a devolución de suma alguna de aquello recibido.
- ¿Y devuelven plata si se trata de pensiones irregulares?
En este caso tendrá unas reglas especificas que determinará en cada caso el operador de estas disposiciones administrativas. Pero la regla es que en desarrollo del principio de buena fe no hay devolución de suma alguna.
- ¿Qué se va a tener en cuenta para las pensiones a partir del primero de julio?
A partir del primero de julio la pensión para los congresistas y magistrados que estén bajo el régimen especial tendrá en cuenta el 75 por ciento de los últimos 10 años de trabajo y no del último año, como venía sucediendo con anterioridad. Además, se eliminan aspectos como viáticos y primas.
- ¿Qué pasa con el régimen de transición, establecido en la Ley 100, para los congresistas y magistrados?
A partir del primero de abril de 1994, según las reglas establecidas en el régimen de transición (ley 100 de 1993) los congresistas y magistrados no podrían ser beneficiados del régimen especial, si no estaban afiliados al respectivo régimen antes de esa fecha.
Porque la finalidad del régimen de transición es proteger las expectativas legítimas de aquellas personas que al momento de entrar en vigencia en la ley 100, al momento del tránsito, tenían una expectativa legítima de pensionarse próximamente.
-¿Quién vigilará el fallo?
La Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y el Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, velarán por el cumplimiento efectivo de esta sentencia.
Derechos adquiridos, el debate
El fallo de la Corte Constitucional que fijó un tope máximo de 25 salarios mínimos para las pensiones de congresistas y magistrados ha generado malestar entre exintegrantes de las Altas Cortes por considerar que afecta los derechos adquiridos.
En su criterio, esto es una afectación para quienes obtuvieron su pensión en franca lid, cotizando de acuerdo con las normas legales vigentes en ese momento, pues se trataba de régimen especial que era legal y legítimo.
El expresidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Alfredo Gómez Quintero, es de los afectados por la decisión por lo que, dijo a Colprensa, espera conocer la sentencia definitiva para analizar qué recurso interponer. Puede ser una solicitud de aclaración, o bien acudir a instancias internacionales.
Estado se ahorraría $ 70.000 millones
Bogotá. El Gobierno Nacional no ahorró calificativos para referirse al fallo de la Corte Constitucional que dejó sin vigencia el sistema especial de pensiones para congresistas y magistrados.
“Histórico”, “audaz”, “importante” y “justo”, fueron algunos de los calificativos del Ejecutivo para referirse a una decisión que le significará al erario ahorrar cada año más de $ 70 mil millones de pesos que ahora serán destinados a programas sociales.
En síntesis, la Corte ordenó que a partir del próximo primero de julio ningún funcionario al servicio del Estado podrá recibir más de 25 salarios mínimos de pensión de jubilación; que ésta deberá calcularse con base en el promedio salarial de los últimos 10 años y no del último año, como hasta ahora; que solo deben tenerse en cuenta para su liquidación los ingresos salariales, y sobre las pensiones que se sospeche fueron liquidadas de manera fraudulenta deben ser revocadas o reliquidadas antes del 31 de diciembre de 2013, pero que no habrá devolución de los dineros ya girados.
La sentencia, para el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Rafael Pardo Rueda, “es muy importante, porque corrige en parte la inequidad del sistema pensional colombiano”.
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