Alejandra Bonilla Mora
Colprensa | LA PATRIA | Bogotá
La magnitud de la práctica mal denominada Falsos Positivos parece aún desconocida en los estrados judiciales, donde se detalla claramente cada caso, en una escala que tiene alarmados a los magistrados del Consejo de Estado quienes tienen claro que se trata de un patrón criminal.
Sí, tal cual, “de una práctica sistemática y generalizada en materia de violaciones graves a derechos humanos” en donde miembros de la Fuerza Pública encubren bajo la apariencia de muertos en combate homicidios que obedecen a diversas circunstancias distintas a un combate.
Para la Corporación, la cantidad de casos que llega para su estudio “pone de presente una falla sistemática y estructural relacionada con la comisión de violaciones graves a derechos humanos y/o al derecho internacional humanitario por parte de la Fuerza Pública del Estado colombiano”.
El reclamo a las Fuerzas Militares es claro: ¿Dónde está el control? Para la Sección Tercera, hay una evidente falta de vigilancia por la institución militar, tanto en la incorporación, como en la permanencia del personal o en el ejercicio de sus funciones. Todo esto, con el grave resultado de la pérdida de legitimidad.
Según el Consejo de Estado, no basta que los jueces se esfuercen en encontrar a los responsables y condenarlos penalmente o administrativamente, sino se hace una labor disciplinaria contundente pues lo que ha sucedido hasta ahora fue calificado como “tardío” e “inane”.
Registro
Pero, ¿qué motivó el pronunciamiento y alarma del Consejo de Estado? Un caso del 2003 en el Tolima que en algunas partes es conocido como la Masacre de Cajamarca. Allí murió Camilo Pulido Pulido, un minero que fue secuestrado por hombres con prendas militares, pasamontañas y quienes dijeron ser paramilitares fueron quienes se lo llevaron a él y a otra persona y les dispararon.
Fue el 3 de noviembre del 2003 en la finca Semillas de Agua, vereda Potosí, corregimiento de Amaine (Tolima). A Camilo Pulido lo mataron, lo hicieron pasar por la comisión de finanzas del Frente 21 de las Farc y, en un comunicado repartido por el Ejército Nacional dijeron que había muerto en un enfrentamiento con militares de la Sexta Brigada, hechos que fueron replicados por medios de comunicación.
Sin embargo, antes de su muerte se constató que Pulido se dedicaba a labores agrícolas y de minería en esa zona, y no tenía vínculo alguno con grupos armados al margen de la ley. Su muerte no fue el único caso en la zona pues se estaban registrado desapariciones, torturas y muertes de varios campesinos en la región. Entre el 2 y el 6 de noviembre la familia de Pulido tuvo que irse forzosamente de su casa, abandonar sus pertenencias, sus cultivos y pasar a una situación precaria.
La responsabilidad de Zeus
¿Quién o quiénes son los responsables? A diferencia de otros casos en donde la justicia administrativa es más rápida que la penal, aquí está claro que el responsable es el capitán del Ejército Nacional Juan Carlos Rodríguez Agudelo, conocido en las prisiones del país como Zeus. Él fue quien manifestó en un uniforme a sus superiores que las tropas se encontraron “con terroristas vestidos en uniforme camuflado de policías y de civil”, que abrieron fuego ante la voz de alto de los uniformados. Hechos que terminaron con su muerte.
Un mes después, el oficial de derechos humanos de la Sexta Brigada del Ejército denunció el hecho ante la Fiscalía, seccional Tolima. En esa acción se habló de las víctimas como integrantes del Frente 21 de las Farc como responsables de las desapariciones que se estaban presentando en la zona.
La denuncia motivó una investigación de la Fiscalía que reveló la verdad: Que miembros de la compañía Búfalo de esa brigada intervinieron en una operación que resultó falsa, pues se cometieron “toda suerte de vejámenes y crímenes sin ninguna justificación y sin relación alguna con las responsabilidades confiadas a la tropa”.
Así quedó consignado en la decisión de la Fiscalía de asegurar al capitán Rodríguez Agudelo, a Francisco Blanco Esteban y Albeiro Pérez Duque, como presuntos responsables de los delitos de homicidio múltiple agravado, desaparición forzada agravada, tortura agravada, secuestro extorsivo agravado, hurto calificado y agravado, falso testimonio, falsedad ideológica en documento público y fraude procesal.
Por estos hechos, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó el 25 de octubre del 2011 a los militares por esos crímenes.
Esa condena incluye el secuestro de Jhon Jairo Iglesias por supuestos paramilitares, el secuestro y tortura de Jesús Antonio Céspedes Salgado, a quienes llevaron a una cabaña. Allí se escuchó una explosión, una balacera y se dijo que habían matado a dos guerrilleros.
Los secuestrados fueron obligados a subir a un yip con siete uniformados, desde donde pudo verse el cadáver de Camilo Pulido y de un sujeto identificado con alias Mauricio.
Hechos similares sucedieron con Marco Antonio Rodríguez, cuyo cadáver fue hallado en una fosa descuartizado; al lado de los cuerpos de Herminso Aragonés Celis y Ricardo Espejo Galindo a quienes les robaron su ganado y también hallaron en fosas.
La condena a la Nación
El caso del minero y agricultor Camilo Pulido llegó al Consejo de Estado que condenó a la Nación por su muerte, así como por el desplazamiento forzado del cual fueron víctimas sus familiares. Se dijo que se trató de una “vulneración grave, flagrante y sistemática de derechos humanos”.
El pronunciamiento del magistrado Hernán Andrade señala que los uniformados se desviaron de sus obligaciones de manera deliberada y voluntaria, como lo expresa la condena penal, pues además se hicieron pasar por paramilitares para cometer los crímenes y en particular este caso.
Todo esto, es una evidente falla en el servicio por lo que se ordenó una millonaria indemnización de por lo menos 1.300 millones de pesos y el diseño de un plan de inteligencia del Ministerio de Defensa para hacer un control “estructural efectivo respecto de la incorporación, permanencia y funcionamiento u ejercicio de funciones de los miembros del Ejército Nacional y prevenir con ello la comisión de delitos como los que dieron origen a la presente acción”.
Igualmente, se ordenó que la sentencia esté disponible por seis meses en las páginas web del Ministerio de Defensa y del Ejército, que la misma sea entregada al director del Centro Nacional de Memoria Histórica y del Archivo General de la Nación y que en un medio de amplia circulación nacional, el Ministerio informe las verdaderas causas de la muerte de Camilo Pulido.
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