LA PATRIA | MANIZALES
(Colprensa). La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló la Ley 1830 de 2017, que permitió a las FARC tener tres voceros en la Cámara de Representantes y otros tres en el Senado de la República, para que participen en los debates que se adelanten sobre leyes de paz y que hace el movimiento 'Voces de Paz'.
Con una votación 5-2, la Corte dejó intacta la ley que también creó un artículo transitorio en el reglamento del Congreso, que señala que estos voceros o voceras serán convocados a todas las sesiones en que se discutan tales proyectos, que podrán intervenir pero que no tendrán voto.
En este caso, la Procuraduría pidió avalar la Ley, ya que esta vocería no entrega derechos políticos de participación política estrictamente hablando, puesto que los voceros no tienen voto sino solo la posibilidad de hacer interlocución en el Congreso. “Se trata de una medida legítima que ingresa en el campo de la libertad de configuración legislativa para normal el debate parlamentario”, dijo el Ministerio Público.
“La disposición no entrega derechos políticos a quienes los tienen suspendidos, ya que la norma es suficientemente diáfana en afirmar que la agrupación política que designe a los voceros, y los voceros mismos, deberán gozar de sus plenos derechos civiles en ejercicio”, dice el concepto de la Procuraduría, que señala que es apenas lógico que las FARC tenga vocería en momentos en que se debaten los proyectos que afectarán al movimiento político que nazca de su desmovilización.
En este debate no participaron los magistrados Antonio José Lizarazo y Cristina Pardo, quienes se declararon impedidos.
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