Bogotá. La Procuraduría General de la Nación consideró que la Corte Constitucional debe tener en cuenta las objeciones que presentó el Gobierno Nacional frente al artículo de reforma al Código Disciplinario que estimaba como falta gravísima el consumo de drogas por parte de servidores públicos.
En concepto enviado a la Corte, la Procuraduría señala que no puede ser falta disciplinaria el consumo en lugares públicos, a menos que esto afecte la función que desarrollan dichos servidores públicos.
Actualmente, la Corte está estudiando las objeciones presidenciales al Proyecto de Ley 55 de 2014 (senado) 195 de 2014 (Cámara) que expide un nuevo Código Disciplinario y deroga la Ley 734 de 2002.
En este caso, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, estimó en su momento que no se podía dar la misma sanción a un servidor público que consumía marihuana en un parque que a aquel responsable de graves crímenes.
En el concepto enviado a la Corte, la viceprocuradora General de la Nación, Martha Castañeda, declaró parcialmente fundada la objeción del Gobierno y pidió a la Corte Constitucional que esta falta gravísima se aplique siempre y cuando el consumo de drogas afecte las funciones de los servidores públicos.
La Procuraduría reseñó que ya la Corte, en la sentencia C-252 de 2003, indicó que "constituye falta gravísima consumir en lugares públicos sustancias prohibidas que produzcan dependencia física o psíquica pero lo hará de manera condicionada en el entendido de que la falta se configura siempre que esa conducta afecte la función pública".
Para la Procuraduría, en consecuencia, se trata de normas similares y por eso le da razón al Gobierno. El caso está en manos del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.
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