COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
La Corte Constitucional determinó que las consultas populares no pueden frenar proyectos de minería extractiva en donde se realizan porque el subsuelo es propiedad del Estado, decisión que no afecta a las que ya se hicieron.
La decisión la adoptó la Sala Plena de la Corte Constitucional al resolver una tutela interpuesta por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, que buscaba hacer sísmica en la población de Cumaral, en el departamento del Meta, para buscar hidrocarburos.
Sin embargo, la decisión de la Corte deja con validez la consulta popular que se votó a mediados del año pasado en Cumaral, en la que con 7 mil 703 votos el 97% de la población decidió que no quería más la explotación de hidrocarburos en su territorio.
Para Mansarovar era claro que no se podía prohibir la minería a través de una consulta popular, porque no es potestad de las entidades territoriales decidir sobre el subsuelo.
Hasta el momento en Colombia se han realizado nueve consultas populares en las que las poblaciones han rechazado el desarrollo de proyectos mineros.
Las consultas se realizaron en las poblaciones de Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Quindio), Sucre y Jesús María (Santander).
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