LA PATRIA | MANIZALES
El Consejo de Estado determinó que el Decreto 457 de 2020 que ordena el Aislamiento Obligatorio Preventivo debe ser demandado en nulidad.
Explicó que el Gobierno Nacional tomó la medida sanitaria en uso de sus facultades ordinarias y no como desarrollo de decretos legislativos expedidos en estado de emergencia.
Frente a la medida de aislamiento cualquier persona pude acudir al mecanismo de nulidad para controvertir la legalidad de esa disposición.
En ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque advirtió que desde el 7 de mayo se levantó la suspensión de términos para los procesos de nulidad. La persona que demande el Decreto 457 puede pedir medidas cautelares contra el acto administrativo.
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