COLPRENSA | LA PATRIA | BOGOTÁ
El Consejo Nacional Electoral ya determinó quién se encargará de evaluar si se puede abrir investigación sobre la campaña de 2010 del presidente, Juan Manuel Santos. Se trata de la magistrada Ángela Hernández, quien ya tiene a su cargo la investigación de la campaña del mandatario del 2014, por un presunto millón de dólares que habría aportado Odebrecht.
Lo que entrará a ver la magistrada no es específicamente si la multinacional pagó 400 mil dólares para 2 millones de afiches de la primera campaña, como lo reveló el caldense Roberto Prieto recientemente, sino la caducidad o prescripción de tres años que establece la Ley para este tipo de investigación.
De hecho, ayer, el presidente Santos afirmó que le pidió al ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, que consulte con la autoridad electoral para ver si se puede investigar o no.
Al respecto, lo que se ha planteado es que ese tiempo límite de investigación podría contarse a partir del momento en que se conocen los actos irregulares, postura que ha expuesto el magistrado Armando Novoa.
“La caducidad es una figura que tiene como propósito evitar que quede en suspenso la capacidad investigativa del Estado contra algún sujeto disciplinable, y en ese orden de ideas hay un término de tres años para investigar las conductas eventualmente irregulares, pero sería irracional pensar que la caducidad debe contarse a partir del momento en el que se cometió la falta. A mi manera de ver, ese término de tres años debe contarse a partir del momento en el que la Corporación tiene conocimiento de las irregularidades”, dijo.
Pero también se ha hablado de que Santos podría renunciar en el caso de que no fuera una caducidad, sino más bien una prescripción.
“La prescripción es un derecho que se otorga a la persona para que dentro cierto tiempo sea investigado y como es un derecho la persona puede renunciar. Pero existe una duda si realmente era una prescripción o si es parte de una figura que se llama caducidad, esta sí impediría hacer cualquier investigación, porque la caducidad es un tema que permite una relación, una gestión, un poder desde el punto de vista procesal”, explicó el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Augusto Ibáñez.
Pero también, el expresidente de la Corte dice que hay una teoría en temas administrativos que podría entrar a analizar el Consejo y que se aplica, por ejemplo, en entidades como la Contraloría. Ésta permitiría que se levante el “paz y salvo” que se dio por ese tiempo, para que se puede investigar nuevamente.
¿Hay delito penal?
Sin embargo, más allá de la discusión de delitos electorales que se habrían cometido, si es cierto lo expuesto por Prieto -como incumplir el tope de campañas, recibir recursos de agentes extranjeros y no registrar los gastos de campaña-, hay espacio para ver si hay algún delito penal.
Según el expresidente Ibáñez, de ser comprobado tal ingreso sí podría haber un delito y estaría asociado con falsedad en documento público.
“Desde el punto de vista general, siempre en todas las campañas tienen que entregar al finalizar el ejercicio una tabla de gastos que no pueden superar unos topes, eso garantiza la igualdad que se requiere en las contiendas electorales. (…) Y así las cosas, cuando se entregan los resultados, ese documento -al ser presentado al Consejo Nacional-, se convierte en documento público y ese documento debe tener total claridad, precisión y veracidad”, afirma.
El presidente, Juan Manuel Santos, no aceptó la renuncia del director de la DIAN, Santiago Rojas, envuelto en el escándalo de Odebrecht. Rojas aceptó que a la campaña electoral de Santos en el 2010, de la que fue gerente, no fueron reportados recursos de la constructora brasileña.
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