Vanessa Sánchez
Trabajar como oficial de construcción durante toda su vida y abandonar su trabajo hace dos años por padecer párkinson, demencia e hipoacusia (incapacidad total o parcial para escuchar), es la historia de Ubaldo Antonio Ospina, de 84 años, quien busca su pensión para vivir dignamente.
El 16 de julio del 2012, la EPS SOS ordenó una incapacidad por seis meses ininterrumpidos para analizar su evolución. En enero del 2013, Mirada legala través de una tutela, ordenaron a Colpensiones hacerse cargo de las incapacidades siguientes durante enero, febrero, marzo y abril. El fondo de pensiones y cesantías cumplió, pero quedó debiendo el último mes.
"Mi papá va a ajustar dos años sin recibir dinero. El 9 de mayo del 2014 obtuvo la calificación de pérdida de capacidades laborales, donde se determinó una limitación del 79,96%. El 24 de julio radicamos papeles solicitando pensión por invalidez y en octubre nos ofrecieron $400.000 cada dos meses, cosa que nos parece una humillación", afirmó María Gilma Ospina, hija de Ubaldo.
La señora expresa que en ese mismo mes interpusieron una tutela por la injusta propuesta, que falló a favor de su padre. A finales de noviembre al no obtener contestación, pusieron un desacato por incumplimiento a su solicitud. "No tenemos dinero para pagar citas médicas, arriendo ni mercado. A pesar de que mi papá solo cumplió con las mil semanas cotizadas para la pensión, si la evaluación está por encima del 50% merece recibirla", expresó María Gilma.
Leidy González, funcionaria de Colpensiones en Bogotá, indicó que el proceso continúa en verificación y que hasta ahora no hay fecha estipulada para entregar una respuesta. "Tienen que estar llamando porque en cualquier momento se anuncia la decisión", manifestó.
Mirada legal
Juan David Serna, abogado de la Universidad de Manizales indicó que el señor cumple con los requisitos para obtener una pensión, los cuales son haber cotizado 50 semanas dentro de los tres años a la fecha de estructuración de la enfermedad, y más del 50% de la pérdida de capacidades laborales.
"La pensión mínima debe salir sobre el valor del salario mínimo, no por menos dinero. Ahora, si la tutela y el desacato fallaron a favor de la persona y si luego de ello la parte no se ha manifestado, puede dar lugar a una sanción a través de multa o arresto al representante legal de Colpensiones, por no responder en el tiempo requerido a la solicitud", subrayó el penalista.
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