LA PATRIA | MANIZALES
La empresa de Transporte Integrado de Manizales (TIM), en liquidación, no tendría que pagarle 28.385 millones 595 mil 699 pesos a Susuerte por el incumplimiento de un contrato.
William Hernández Gómez, magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Caldas, falló en primera instancia, el pasado 28 de octubre, a favor del TIM. Le quitó la responsabilidad de la suspensión de los contratos con los operadores del Sistema Estratégico de Transporte Público (SETP).
El magistrado respaldó que el incumplimiento se presentó por la decisión del juez administrativo que ordenó detener la venta de las tarjetas inteligentes del SETP, el 3 marzo del 2010, después de que se oficializó el contrato. Hubo una excepción de fuerza mayor, es decir un hecho ajeno, determinado por un tercero que las partes no podían prever.
Susuerte firmó con el TIM el 4 de mayo del 2009 para distribuir y vender las recargas de los pasajes de las tarjetas inteligentes sin contacto del SETP de Manizales y Villamaría.
La firma concesionaria del chance en Caldas instauró una demanda el 14 de agosto del año pasado, con la pretensión de que el TIM pagara una compensación por la inversión que realizó y lo que dejó de percibir por la no operación del sistema (ver recuadro Otras pretensiones).
Otra instancia
El gerente de Susuerte, Santiago Giraldo Llano, expresó que respeta el fallo, pero que los asesores jurídicos de la empresa lo están revisando. Su abogado, Carlos Alberto Arias Aristizábal, confirmó que van a apelar la decisión ante el Consejo de Estado. "Contrario a lo que piensa el Tribunal, creo en la efectividad de este recurso", aseguró.
Juan Felipe Álvarez, secretario de Tránsito y Transporte de Manizales y miembro de la junta directiva del TIM, manifestó que siempre han indicado que los contratos no se ejecutaron no por un capricho ni por falta de planeación, sino por la medida del juez.
"Consideramos que los magistrados han fallado de acuerdo con los hechos y las pruebas aportadas durante el proceso. Vamos a esperar si efectivamente Susuerte presenta un recurso de apelación", apuntó el funcionario.
Otras pretensiones
En la audiencia inicial, el 17 de abril de este año, Susuerte expuso las siguientes pretensiones en la demanda contra el TIM.
1. Declarar la existencia del contrato entre las partes.
Fallo: El contrato 012, celebrado el 4 de mayo del 2009, sí existe y se empezó a ejecutar parcialmente el 3 de noviembre de ese año.
2. Reconocer que el TIM incumplió las obligaciones contractuales.
Fallo: Negada, hubo una excepción de fuerza mayor. El TIM no podía prever el fallo del juez por la acción popular, presentada el 6 de marzo del 2009, que resolvió el 4 de marzo del 2010 suspender la operación del SETP.
3. Terminar el contrato de concesión entre el TIM y Susuerte.
Fallo: Negada. Este sigue vigente, pero suspendido por la misma decisión judicial de hace tres años y ocho meses, que aún no se resuelve de fondo.
4. Condenar del pago del proceso jurídico al TIM.
Fallo: Al perder la demanda, Susuerte deberá pagar $15 millones por los gastos del proceso.
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