Angela Hurtado
LA PATRIA|MANIZALES
La interpretación de la Ley Clopatofsky, que beneficia la vinculación laboral de discapacitados, tiene en el ojo del huracán a la empresa de seguros R y R de Manizales, la Dirección General del Sena y a la Dirección Territorial de Caldas del Ministerio del Trabajo.
La firma R y R, en asocio con la aseguradora Jargu de Bogotá, se presentó el pasado mes a la licitación pública para asegurar los bienes del Sena por unos 10 mil millones de pesos. Ante la fuerte competencia por el contrato, R y R tenía como as bajo la manga que su gerente, Pablo Robledo, había perdido más del 25% de su capacidad laboral y él representaba el 10% de la nómina de la empresa. Esas condiciones, en principio, la beneficiaban ante un empate, como lo indica la ley. Sin embargo, a la hora de la adjudicación del contrato, el Sena no las tomó en cuenta y se sorteó el concurso por balota. El ganador fue la firma J LT Valencia de Bogotá.
¿Qué pasó?
El día de la adjudicación, el pasado 18 de julio, se presentaron cuatro oferentes. Dos se quedaron en el camino y la unión de Jargu y R y R quedó empatada con JLT Valencia. Fue entonces cuando el Sena explicó que el director territorial del Ministerio del Trabajo de Caldas, Fernando Osorio, había invalidado la certificación de discapacidad de R y R. Es por eso que el desempate se dejó al azar.
El director firmó dos días antes de la audiencia el auto que anulaba el documento, negaba que la empresa cumpliera con los requisitos de la ley y afirmaba que la funcionaria que lo había otorgado se había extralimitado en sus funciones.
"El Sena debe tomar el documento como cierto y oficial, por eso tenía que negar el privilegio en el desempate", explicó el abogado administrativo Óscar González. No obstante, el criterio de los abogados Tulia Helena Hernández y Fernando Naranjo es que el auto no era el camino para rectificar el documento y que el director debió notificar a la parte afectada, es decir, a R y R.
La polémica ya la desataron los representantes de la empresa, pues desde su punto de vista el director se extralimitó en funciones, el auto no es un documento legal que le atañe a su cargo y vulneró sus derechos. Hace dos semanas interpusieron un derecho de petición a la oficina jurídica del Ministerio de Trabajo, con la intención de decidir la acción legal a tomar.
"Esa decisión nos causó un perjuicio económico, porque nos dejó frenados para las próximas licitaciones en las que íbamos también a incluir ese recurso. El auto es ilógico y no tiene bases jurídicas", alegó Luz Marina Jaramillo, gerente de Jargu.
Vincular, diferente a mantener
Según Campo Elías Vaquero, profesional del Ministerio del Trabajo en el área de derechos humanos, la ley está encaminada a favorecer la contratación de ciudadanos con discapacidad, y en este caso el gerente conservó su trabajo tras un accidente en la misma empresa. Aunque afirmó que la última palabra la tiene la oficina jurídica de la cartera.
A su favor, el director regional, Fernando Osorio, explica que tenía que tomar la medida inmediatamente se dio cuenta del error. "El Sena me solicitó revisar la certificación y ahí noté que no se cumplía con la ley. Según el artículo, la vinculación debió ser después de sufrir la discapacidad. En este caso el gerente estaba trabajando en la empresa en 2004, tuvo el accidente en 2010 y lo mantuvieron en el cargo", afirmó.
Para R y R y Jargu la interpretación de la ley no es correcta y sugieren que después de reunirse con sus abogados piensan llevar el caso hasta las últimas instancias. "No es lógico lo que dice el funcionario, es como si nos obligaran a echar al gerente y volverlo a contratar para poder cumplir con la ley", añade Jaramillo.
Desde la perspectiva del abogado González, solamente un Tribunal Contencioso puede mediar en la discusión, pues hasta el momento la última palabra que cuenta es la que le niega el beneficio a la empresa.
"Si hubiera permitido que siguiera la certificación, el problema para nosotros sería grandísimo, al tener en cuenta las dimensiones de la licitación. Este caso ya lo tuve que explicar ante mis superiores en el Ministerio", explica Fernando Osorio.
Por el momento ambas partes esperan el concepto de la oficina jurídica del Ministerio del Trabajo, que se dará en un mes aproximadamente.
Lo que dice la ley
Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación serán preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, si estos tienen en su nómina por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año, igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación.
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