LA PATRIA | MANIZALES
Una pugna por una herencia desencadenó una trama con denuncia penal e impugnación de paternidad y maternidad, entre otras reclamaciones. El proceso se adelantó ante un juzgado de familia y la apelación la resolvió el Tribunal Superior de Manizales.
Según la crónica de la decisión judicial, la accionante radicó demanda de proceso verbal de declaratoria de la posesión notoria del estado civil del hijo de crianza en la que se solicitó que una menor fuera reconocida como tal frente a un hombre fallecido.
El objetivo era vincularse como legitimaria de los derechos herenciales dentro del proceso de sucesión. La oposición vino por el lado de una hija extramatrimonial del fallecido.
Esta última sacó a relucir que la hija de crianza fue registrada en una notaría como hija biológica, sin serlo. Ese detalle dio origen a una denuncia penal por fraude procesal, que culminó con una condena a la madre de crianza, que a su vez actuaba en representación de la menor.
En una decisión anterior se había incluso ordenado eliminar los nombres de los padres del registro civil de la menor, pero aún faltaba lo relacionado con la participación dentro de la sucesión.
Se destaca que la hija registrada dentro del matrimonio jamás supo que solo lo era de crianza hasta que surgió la demanda por la hija extramatrimonial. La discusión en este sentido se basaba en que la menor podía quedar sin derecho sobre la herencia.
La decisión del juez de primera instancia consistió en reconocer a la menor como hija de crianza, pero negó lo relacionado con el estado civil y sus efectos patrimoniales en el orden hereditario.
La sentencia fue apelada y este mes el Tribunal Superior la confirmó parcialmente, pero la corrigió en varios aspectos.
El más importante fue que además de reconocer el estado civil de la ahora mayor de edad ordenó la inscripción de la sentencia en su Registro Civil de Nacimiento, “para que con fundamento en este acto jurídico, también se le reconozca como interesada en la sucesión de su padre de crianza, y así pueda reclamar dentro de la misma sus derechos patrimoniales”.
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