LA PATRIA | MANIZALES
En un juzgado penal municipal con función de control de garantías cursa una acción de tutela, interpuesta por una pareja del mismo sexo, que asegura fue discriminado por un empleado de la Fonda Carrataplán, por darse muestras de afecto.
Los hechos ocurrieron el 31 de octubre, pero el recurso de amparo se presentó en los últimos días de enero. Según el relato de los hechos, respaldados por declaraciones extraprocesales de testigos, la pareja llegó al lugar por invitación de otros a la medianoche.
“El grupo de personas estaba conformado por dos parejas heterosexuales que desde su llegada tuvieron diferentes manifestaciones de afecto como abrazos, besos y caricias”.
A estas parejas los empleados del establecimiento no les llamaron la atención para que evitaran sus manifestaciones de afecto.
Agregan que después de unos 15 minutos de llegar al lugar, de bailar “y de habernos hecho manifestaciones de afecto como las de las otras parejas heterosexuales”, un empleado se acercó a uno de ellos para exigirle que cesaran las manifestaciones de afecto so pena de ser expulsados.
El empleado les indicó que en el lugar había otras ocho personas, un una mesa cercana, “que estaban siendo supuestamente, y en palabras de la administración del establecimiento, perturbadas por nuestras manifestaciones de afecto”.
El empleado indicó que no se trataba de una solicitud hecha a título personal, sino que se trataba de las políticas de la Fonda.
En el texto de la tutela, los accionantes concluyen: “El trato que recibimos fue discriminatorio”, porque a los demás no les llamaron la atención por las mismas manifestaciones de afecto.
Lo que pretenden
Tras relatar los hechos la pareja le pide al juez constitucional: “que sean tutelados nuestros derechos fundamentales a la igualdad, intimidad, libre desarrollo de la personalidad y dignidad humana”, y que se prohíba la discriminación en que haya incurrido el establecimiento, “debido a nuestra orientación sexual diversa”.
De igual manera solicitan que se ordene la presentación de una disculpa escrita y pública. Así mismo que en un lugar visible del negocio se de publicidad al contenido de la sentencia, en caso de ser favorable.
En total, son ocho pretensiones con las que se busca que se adopten medidas contra la homofobia y todo acto de discriminación por orientación sexual.
Respuesta
Carlos Humberto Velásquez, exconcejal de la ciudad y propietario de Carrataplán, indicó que la acción de tutela la respondió a través de su abogado, por lo que ahora esperan el fallo que emita el juez constitucional.
Acerca de los hechos relató que tuvo conocimiento de la situación y explicó que sí hubo unos clientes de otra mesa que se quejaron por las manifestaciones de afecto.
Sin embargo, el servicio se terminó de prestar y que la mesa en la que estaba la pareja de hombres estuvo ocupada entre las 9:00 de la noche y pasada la medianoche.
Aclaró que las únicas prohibiciones que tienen para el ingreso es para gente que tenga gorra, chanclas o camiseta tipo esqueleto. “No se prohíbe el ingreso a nadie más porque es un establecimiento abierto al público”.
Acerca de los comportamientos, manifestó que se tiene restringido el consumo de cigarrillo, de alucinógenos y “demostraciones en contra de la moral, aunque hoy la moral es más difícil de definir”, comentó.
Anotó que las manifestaciones de afecto jamás se prohíben, sino aquellos actos en los que, por ejemplo, se incluyen tocamientos en partes íntimas, así se trate de una pareja heterosexual. “Uno no sabe quien va a ingresar, si son gais, transexuales o heterosexuales, a nadie se le pregunta. Solo se pide buen comportamiento dentro del negocio”.
Aseguró que jamás han retirado a una persona del negocio por una demostración de afecto. Resaltó que cada fin de semana atienden entre 800 y mil personas y que el personal está preparado para prestar un buen servicio, independiente de la orientación sexual.
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